Informe demoledor del Consejo Fiscal a la Ley del Poder Judicial


13 de junio de 2014


Publicado en www.elpais.com
  • Los fiscales consideran inconstitucionales algunos artículos y piden la supresión de las principales novedades de la reforma
El Consejo Fiscal, de mayoría conservadora, debate entre hoy y mañana un informe demoledor contra el anteproyecto de Ley del Poder Judicial que el Gobierno pretende aprobar en los próximos meses para “cambiar radicalmente” la administración de Justicia. El informe plantea la supresión o la modificación de muchos de los artículos principales de la futura normativa, a los que tacha en algún caso de inconstitucionales; denuncia la “mordaza” que pretende imponer la nueva Ley a los jueces, y censura la nueva regulación de la Justicia Universal hasta exigir un cambio urgente del texto.
Mordaza a los jueces. La prohibición que impone la Ley a jueces y magistrados de hacer valoraciones de actualidad en medios de comunicación sobre asuntos pendientes ante los Tribunales es “incompatible con el derecho de todos a la libertad de expresión”. El informe, que pide la supresión del artículo que regula esta prohibición, dictamina que “la exclusión de un colectivo del ejercicio de un derecho fundamental constituye un caso de discriminación en la ley incompatible con la Constitución”.
Justicia Universal. Los fiscales recuerdan que hace varios meses se remitió desde la Fiscalía General del Estado, sin ningún éxito, un informe donde se apuntaban todas las deficiencias de la reforma legal que impulsó y aprobó de urgencia el grupo parlamentario del PP, a instancias del Gobierno, para limitar al máximo la capacidad de los jueces españoles para instruir causas de justicia universal. El informe que debate el Consejo Fiscal considera que el Gobierno ha optado por un modelo de justicia universal asentado en “arenas movedizas” que puede devenir en “filigrana conceptual”. “Consideramos esta configuración”, señala el informe, “sumamente desaconsejable”. “Más que limitar o corregir los excesos de la jurisdicción universal, la sustituye por un puñado disperso de criterios de extensión extraterritorial lo que coloca a España en una incómoda situación frente al resto de las naciones preocupadas por la preservación de la paz y de los derechos humanos y porque, descendiendo a la praxis judicial, es susceptible de generar una enorme inseguridad jurídica, como ha demostrado la reciente experiencia de los denominados narcobarcos”. Los jueces de instrucción de la Audiencia Nacional han excarcelado en las últimas semanas a 43 narcotraficantes por considerar que la reforma legal de la Justicia Universal les dejaba sin competencias sobre barcos cargados de droga apresados en aguas internacionales cuyo alijo no tuviera como destino a España. Estas excarcelaciones, señala el texto del Consejo Fiscal, “demuestra el desacierto de la reforma”. “La introducción de criterios tan marcadamente excluyentes contribuirá previsiblemente a generar espacios de impunidad (….) La técnica legislativa utilizada en estos apartados ha de ser impugnada en bloque”, concluye el informe que trata el Consejo Fiscal.
Prejudicialidad. El restablecimiento de la cuestión prejudicial, que permitiría suspender un proceso por corrupción si el imputado plantea, por ejemplo, recurrir uno de los hechos que se le atribuyen ante otro tribunal distinto al penal, “va en contra de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional”, según el informe del Consejo Fiscal. “El artículo 24.2 de la Constitución”, señala, “reconoce el derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas, que aconseja que en un mismo litigio se resuelvan aquellas cuestiones previas tan intimadamente ligadas a la cuestión litigiosa que sea racionalmente imposible su separación, sin necesidad de diferirla a un nuevo y dilatorio proceso, con todas sus instancias, ante otro orden jurisdiccional”.
 Reorganización. La supresión de las Audiencias Provinciales, los partidos judiciales y los juzgados de paz, en favor de los nuevos Tribunales Provinciales de Instancia, también merece una crítica. “Tampoco es fácil vislumbrar posibles ventajas de la supresión de las audiencias provinciales y su incardinación en los tribunales superiores a efectos de apelación. En la práctica, supondrán para los ciudadanos un alejamiento de los órganos de apelación que puede ser aflictivo para éstos cuando –como ocurre frecuentemente- sea preciso celebrar pruebas en trance de recurso”. El informe propone que el nuevo diseño judicial que se establezca en la Ley de Demarcación y Planta Judicial se tramite a la vez que la Ley del Poder Judicial donde se fijan los cambios organizativos.
Aforamientos excesivos. “Este Consejo Fiscal”, sostiene el informe, “estima que sería conveniente una revisión general sobre el régimen de aforamientos en el ordenamiento español”. Además, considera positiva “la novedad que supone que dichos aforamientos se refieran a hechos realizados en el ejercicio de la condición o cargo de la persona aforada y se mantengan aún cuando no se ostentare tal condición o se hubiera cesado en dicho cargo”. “El Consejo Fiscal, sin perjuicio de estimar que debería estudiarse la posibilidad de reducir el número de personas que están aforadas en nuestro ordenamiento jurídico, valora positivamente el aforamiento de la Reina consorte o el consorte de la Reina y del Príncipe Heredero”.
Instrucción colegiada.  La futura Ley establece que las causas complejas, entre ellas las que se instruyen en la Audiencia Nacional, sean dirigidas por un órgano colegiado de tres jueces y no de uno, como en la actualidad, con lo que de hecho eliminan la figura de los conocidos como jueces estrella que instruyen los sumarios de mayor repercusión social. El informe del Consejo Fiscal considera que con esta medida “no se vislumbra que puedan encontrarse ni la agilización de la tramitación de los asuntos ni la reducción de tiempos de resolución” que persigue la nueva legislación.
La Fiscalía, dentro del Poder Judicial. El informe critica que no se incluya al ministerio fiscal dentro del Poder Judicial sino como colaborador del mismo. “Esta opción es errónea, porque el fiscal es defensor de la independencia judicial y órgano imparcial de promoción de la acción de la justicia”. Los fiscales reclaman que se “haga una declaración explícita de que el Ministerio Fiscal es un órgano de relevancia constitucional con personalidad jurídica propia integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial”.
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