A partir del 1 de Enero de 2016, las licencias por enfermedad derivadas de la gripe, entre otras enfermedades, no conllevarán descuentos retributivos
EL ACUERDO ALCANZADO POR CCOO Y OTROS SINDICATOS CON EL MINISTERIO DE
JUSTICIA EQUIPARARÁ AL RÉGIMEN DE JUECES Y FISCALES LOS DESCUENTOS RETRIBUTIVOS
EN CASO DE IT PARA EL RESTO DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE JUSTICIA DEL
ÁMBITO NO TRANSFERIDO
CCOO ha solicitado a las diferentes Comunidades Autónomas con transferencias
que este acuerdo también sea de aplicación para el personal de su ámbito
competencial
Como
hemos venido informando CCOO y otras organizaciones sindicales hemos
alcanzado un acuerdo con el Ministerio de Justicia para la recuperación de
parte de los derechos que nos fueron robados con la excusa de la crisis
económica en el ámbito de la
Administración de Justicia.
El
RDL 20/2012, que estableció, entre otros, estos recortes, fijaba los descuentos
para el conjunto de empleados/as públicos/as en caso de IT estableciendo el 50%
de rebaja durante los 4 primeros días de baja y el 25% del 5ª al 20ª día,
correspondiendo en nuestro colectivo al Ministerio de Justicia y a cada
Comunidad Autónoma con competencias fijar las circunstancias y enfermedades
exentas de esta injustificada medida.
Para
más inri, el Ministerio de Justicia
no tuvo ningún empacho en regular un catálogo de enfermedades exentas de
descuento mucho más favorable para jueces y fiscales que para el resto del
personal de justicia dando una vuelta de tuerca más a las injustas situaciones que han provocado los recortes y que CCOO estamos combatiendo con todas nuestras fuerzas.
CCOO, en un frente común con el resto de
sindicatos de la
Administración de Justicia hemos conseguido que el Ministerio
de Justicia dé marcha atrás en este despropósito sin que ello suponga en ningún caso que renunciemos a nuestro
objetivo de recuperar todos y cada uno de los recortes a los que hemos sido
sometidos tanto por el último gobierno del PSOE como por el actual del PP, por
lo que seguiremos luchando para que no se produzca ningún descuento retributivo
en los casos de baja o licencia por enfermedad, y se recuperen todos los derechos,
incluidos los recortes que se han realizado injustamente desde 2010 en los
salarios de las y los empleados públicos.
En
la práctica, el acuerdo alcanzado supone un importante avance en este aspecto,
incorporándose al catálogo de supuestos y enfermedades en las que no se
producirán descuentos retributivos las siguientes para el personal no judicial:
1.-
La incapacidad temporal derivada de exploraciones diagnósticas invasivas
(endoscopias, colonoscopias, gastroscopias, fibrobroncoscopias, cateterismos y
otras de similar entidad).
2.-
Procesos de incapacidad temporal iniciados durante el tratamiento mediante
técnica de reproducción asistida.
3.-Interrupción voluntaria del embarazo en el primer trimestre de gestación por
inducción farmacológica.
4.-
Se amplía el catálogo de enfermedades exentas de recortes retributivos a las
cardiopatías isquémicas y a 59 enfermedades de carácter infecto-contagioso,
entre las que figuran tanto la gripe (tanto la común como los nuevos virus), como
las hepatitis, el sarampión o la varicela (todas ellas recogidas en los Anexos
I y IIII del RD 2210/1995).
Esta
nueva regulación entrará en vigor antes del 1 de Enero de 2016, según el
acuerdo alcanzado, pero solo para el ámbito no transferido.
Las
Comunidades Autónomas con transferencias no tendrán excusa, como dice el
acuerdo, para mantener “la situación
generada en el ámbito de la
Administración de Justicia en el que coexisten distintos
regímenes no homogéneos” y, en ese sentido, hemos conseguido que el propio
acuerdo recoja que “la Administración se compromete a trasladar el contenido de
este acuerdo a las Comunidades Autónomas con competencias en materia de
Justicia en el seno de la Conferencia
Sectorial ”.
CCOO, además, ha exigido a estas
Comunidades Autónomas la aplicación de esta medida en su ámbito para lo que
pedimos el apoyo de todos los trabajadores y todas las trabajadoras.
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