En el Artículo 479 apartado 3 de la LOPJ aprobada, especifica que en los Institutos de Medicina Legal podrán integrarse los equipos psicosociales que prestan servicios a la Administración de Justicia, incluyendo los Equipos Técnicos de Menores, cuyo personal tendrá formación especializada en familia, menores, personas con discapacidad y violencia de género y doméstica.
Con ello imponen y continúan con los cambios de adscripciones que ya se han realizado con los equipos de familia a los IML , ahora la Ley Orgánica del Poder Judicial incluyen también a los Psicólogos, Trabajadores Sociales y Educadores, destinados en los Juzgados de Menores.
Para CCOO estas adscripciones solamente pretenden solucionar los graves problemas de déficit de personal, que se traduce en la no convocatoria de plazas vacantes en los concursos de traslado, la no contratación de personal interino, la no reposición de las jubilaciones y la ausencia de Oferta de Empleo Público.
En la Ley Orgánica 5/2000 quedó claramente delimitada la adscripción a los Juzgados de Menores de los integrantes de los Equipos Técnicos y las funciones que le encomienda dicha ley. Tanto la aplicación de la Ley como el trabajo desempeñado por los Psicólogos, Trabajadores Sociales y Educadores es plenamente satisfactorio y especialmente se valora muy positivamente el contacto directo con Jueces y Fiscales, así como la inmediatez en el trato con los menores imputados que permite la realización de informes respetando los plazos marcados por la propia ley y en definitiva en la agilización de todo el procedimiento. No sabemos los criterios, ni la intencionalidad por los se quiere imponer este cambio de adscripción, ni tan siquiera se ha valorado la aplicación practica que dicho cambio puede tener en los procedimientos de menores, e igualmente que en los de familia.
Para CCOO es intolerable que los responsables del Ministerio de Justicia introduzcan cambios en las relaciones laborales de los trabajadores, sin consultar con los mismos, ni atender sus justas demandas como el derecho a la movilidad, la provisión de vacantes, las retribuciones complementarias, productividad, etc. Imprimir artículo