Justicia sacará de los juzgados los casos sin autor conocido


25 de noviembre de 2014


El ministro Catalá, con el presidente de la asociación judicial Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero

  • La Policía tendrá 72 horas para descubrir la autoría del delito; si no lo consigue, tendrá que cerrarlo

El Gobierno quiere agilizar los tiempos de respuesta de la Justicia liberando a los jueces de instrucción del trámite de las denuncias o atestados policiales sin autor conocido, que representa cerca de un millón (un cuarenta por ciento) de los 2,4 millones de archivos provisionales acordados en la jurisdicción penal.
De esta forma, y según ha podido saber ABC, el Ministerio de Justicia pretende reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que estos atestados, sobre los que hoy un juez tiene que abrir diligencias penales para, en la mayoría de los casos inmediatamente después archivarlas, no tengan que pasar ya por el juzgado. Para garantizar el control judicial esos atestados serán conservados por la Policía Judicial a disposición de jueces y fiscales, informaron fuentes del Departamento que dirige Rafael Catalá.
A la vez, y precisamente para evitar investigaciones autónomas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, no se permitirá que las pesquisas para averiguar la autoría del delito duren más de 72 horas desde la apertura del atestado. Es decir, si transcurrido este tiempo no aparece ninguna pista, la Policía tendrá que cerrar el caso. Aunque será la propia ley la que tendrá que matizarlo, esta descarga de trabajo está pensada para delitos menos graves, como robos de móviles o carteras en autobuses o aglomeraciones, circunstancias en las que encontrar al autor del delito es una tarea prácticamente imposible. La filosofía de esta reforma, señalan las fuentes citadas, es que el trabajo diario de los jueces «se concentre en actividades más provechosas» y mejorar así los tiempos de respuesta judicial.

Límites a la instrucción

Con este propósito el ministro quiere abordar con carácter inmediato una reforma procesal que será menos ambiciosa que la de su predecesor(que entregaba la instrucción de las causas a los fiscales en vez de la juez de instrucción), pero que precisamente por abordar cuestiones de agilización procesal, es más fácil que cuente con consenso para aprobarla en el Congreso antes de que acabe la legislatura.
Así, otra medida de calado que Catalá quiere abordar de forma inmediata es la que se refiere a los macroprocesos que se alargan años sin que parezca que llegue el momento del juicio, lo que genera desconfianza en el ciudadano hacia la Administración de Justicia, especialmente si se trata de delitos de corrupción. Durante su comparecencia ante la Comisión de Justicia del Congreso en octubre,Catalá ya anunció que quería evitar que la acumulación de piezas dentro del mismo caso impida juzgar de forma autonóma determinados hechosy se mostró partidario de limitar el periodo de instrucción de las causas penales (el borrador de Gallardón hablaba de tres a seis meses), aunque esta circunstancia dependerá de las particularidades del procedimiento en cuestión.

Conducción y alcohol

También supondrá una novedad de la reforma de la LECr el procedimiento para enjuiciar los delitos de conducción en estado de embriaguez, infracciones que representan el 50 por ciento de las condenas dictadas por los Tribunales. La modificación se ceñiría a los casos de multas y privación del permiso de conducción: es decir, el del ciudadano que es sorprendido en un control de alcoholemia y da positivo. Días después, recibirá en su domicilio una propuesta de acusación que le remitirá por correo el fiscal, con una sensible rebaja de pena si acepta la acusación. Si la respuesta es positiva, tendrá que devolver el escrito firmado.
Después recibirá en su casa la sentencia condenatoria. Por el contrario, si no está de acuerdo con la propuesta del fiscal, el procedimiento será el mismo que ahora: el infractor irá a juicio.

Publicado el 24/11/2014 en www.abc.es
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