CCOO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA UN ACUERDO
DE CARÁCTER GENERAL, Y PARA TODA ESPAÑA: TODAS LAS SUSTITUCIONES HORIZONTALES
DE AUXILIO DEBEN SER SIEMPRE VOLUNTARIAS Y SUFICIENTEMENTE RETRIBUIDAS
INCIALMENTE LAS SUSTITUCIONES
HORIZONTALES DEL CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL, VOLUNTARIAS Y RETRIBUIDAS, SÓLO SE
REGULARÁN EN BADAJOZ.
EL MINISTERIO DE JUSTICIA ANUNCIA SU
COMPROMISO DE QUE LA
REGULACIÓN DE BADAJOZ SE EXTENDERÁ A OTROS LUGARES DEL ÁMBITO
NO TRANSFERIDO, A PARTIR DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014
Dos meses después de
suscribirse un acuerdo temporal (se firmó el 10 de marzo), entre el Ministerio
de Justicia y las cuatro organizaciones sindicales más representativas, para la
sustituciones horizontales del cuerpo de Auxilio Judicial de los órganos
unipersonales de Badajoz, por el que la Administración
retiraba, entre otras medidas muy negativas, la creación del servicio común del
cuerpo de Auxilio, que hubiera obligado a que se realizaran todas las
sustituciones horizontales sin voluntariedad y sin ninguna retribución, hoy ha
tenido lugar (justo al
final del plazo de los dos meses establecido en el Acuerdo temporal) una nueva reunión para intentar
acordar una solución definitiva.
CCOO ha presentado una propuesta
consistente en:
1.- La regulación de las sustituciones horizontales debe tener carácter voluntario y rotatorio.
Se creará una bolsa en la que se integren sólo
los compañeros y compañeras que lo deseen; cada mes realizará las sustituciones un mínimo de
dos personas que se deberán incrementar en el número necesario para que se
puedan realizar las sustituciones para poder compatibilizar con las tareas del
órgano judicial de origen en los casos de sustituciones de larga duración, y todas estas sustituciones deben ser convenientemente retribuidas,
con una cantidad mínima de 316 euros al mes y por cada trabajador.
2.- La regulación debe ser de carácter general para todo el personal del cuerpo de Auxilio en todo el ámbito no
transferido. CCOO considera que sus
aspectos positivos deben servir de base para el conjunto de la Administración de
Justicia transferida que tenga condiciones inferiores.
3.- Las mejoras retributivas conseguidas deben extenderse al resto del
personal de auxilio (servicios comunes) en las ciudades que tienen implantada la NOJ.
4.- CCOO
ha expresado su contundente rechazo al establecimiento de servicios comunes de
Auxilio Judicial en las localidades que no está implantada la NOJ , o su extensión, en
aquellas localidades en las que existe NOJ, a todo el personal del cuerpo de Auxilio cuyos
centros de trabajo se encuentran fuera de la implantación de la misma, como
lo que pretende en localidades como Murcia.
El Ministerio de Justicia ha aceptado la primera exigencia
de CCOO (minorando
la retribución que proponemos), acepta sólo parcialmente la segunda pues
extenderá el ámbito a partir del 30 de septiembre, pero no la 3ª y la 4ª. En
este sentido, nos remitirá una propuesta en los próximos días que contendrá,
según ha explicado:
- Un sistema de sustituciones horizontales de Auxilio Judicial, de carácter voluntario, rotatorio y retribuido en Badajoz. Se compromete a su extensión, a partir del 30 de septiembre, a otros lugares del ámbito no transferido.
- Una retribución de 8 puntos al mes (aproximadamente 211 euros brutos), percibiéndola dos personas del cuerpo de Auxilio cada mes, independientemente del número de sustituciones que realicen.
- En la rotación de las sustituciones horizontales, entrarían todos los funcionarios de Auxilio de Badajoz de los Juzgados de Primera Instancia, de Social, de Contencioso-Administrativo, Mercantil, Violencia, Penal y Menores. Excluiría, por tanto, a los Juzgados de Instrucción, Vigilancia Penitenciaria, Fiscalía, Audiencia Provincial y Decanato.