CCOO reitera la exigencia de la regulación de las sustituciones verticales de TEL a Facultativos


22 de abril de 2014



CCOO ha vuelto a exigir al Director General de Relaciones con la Admón. de Justicia, la necesidad -compartida por los responsables del Ministerio- de regular de una vez por todas las sustituciones verticales de TEL a Facultativos, ya reclamado anteriormente por CCOO.

Os adjuntamos la nueva carta que hemos remitido al Ministerio:
DIRECTOR GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA(copia al Subdirector de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia)
Madrid a 22 de abril de 2014
El pasado mes de enero de este año, CCOO reiteró una propuesta que venimos haciendo desde que se regularon las RPT del INT y CF, es decir desde hace al menos cinco años, que fue aceptada por esa Dirección General como conveniente, pero que sigue sin ser puesta en marcha mediante regulación legal, en relación con las sustituciones verticales de TEL a Facultativos, priorizando el nombramiento en plaza vacante mediante sustitución vertical a las comisiones de servicio o al nombramiento de personal interino.
Para CCOO la regulación de las sustituciones verticales de TEL a Facultativo es una de las regulaciones olvidadas por el Ministerio de Justicia, que no puede mantener esta situación por más tiempo. No es tolerable que mientras se ha logrado regular, con deficiencias que CCOO sigue reclamando se corrijan, las sustituciones verticales del cuerpo de Gestión a Secretarios Judiciales, sustitución análoga a la de TEL a Facultativo, ésta última sigue en el limbo.
Y sigue sin regularse a pesar de que todos los responsables del Ministerio de Justicia dicen compartir la posición de CCOO de que es imprescindible proceder de una vez a su regulación legal.
En consecuencia, CCOO reitera a esa Dirección General el escrito de 29 de enero de este año, en el que solicitamos la regulación inmediata de las sustituciones verticales de TEL a Facultativo y  que estas sustituciones deben ser abonadas con las retribuciones salariales completas del cuerpo al que se sustituye.
Adjuntamos de nuevo copia de la carta que se le remitió en su día sobre esta reclamación de CCOO.
Saludos
Javier HernándezResponsable de Acción Sindical del Sector de Administración de Justicia de CCOO 



DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIASUBDIRECCIÓN GENERAL DE MEDIOS PERSONALES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Madrid, a 29 de enero de 2014  Desde hace años (exactamente desde el año 2009, por tanto han transcurrido al menos tres años), CCOO viene demandando al Ministerio de Justicia la regulación análoga de las sustituciones verticales de los cuerpos especiales como las de los cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia. Como sabe el Ministerio de Justicia, las sustituciones verticales de los cuerpos especiales no están reguladas de la misma manera que las de los cuerpos generales. Es verdad que tras mucho tiempo reclamándolo, desde la Dirección General se aceptó la regulación de las sustituciones verticales del cuerpo de Ayudantes de laboratorio al de Técnicos especialistas de laboratorio de forma semejante a la de Tramitación a Gestión de los cuerpos generales, por ser cuerpos para los que se requiere nivel de titulación semejante. Pero ha seguido durante estos años sin ser regulada la sustitución vertical del Cuerpo de Técnicos especialistas de laboratorio a Facultativos, algo que para CCOOes absolutamente imprescindible de resolver de forma inmediata, y hacerlo como mínimo con condiciones iguales a la sustitución regulada del cuerpo de Gestión a Secretarios Judiciales. La regulación que reclamamos debería tener carácter prioritario (como en todas las sustituciones verticales, cuestión además que debe aclararse de inmediato para impedir interpretaciones erróneas de algunas Gerencias) sobre el nombramiento de personal interino, que sería nombrado para la plaza vacante del cuerpo inferior.  Por lo expuesto, CCOO vuelve a solicitar: 1.- La regulación inmediata de las sustituciones verticales de TEL a Facultativo 2.- Estas sustituciones deberían ser abonadas con las retribuciones salariales completas del cuerpo al que se sustituye. 3.- La situación administrativa en la que quedaría el funcionario o funcionaria en el cuerpo del que proviene debería ser la de servicio activo con reserva de plaza en ese puesto. Igual que debería extenderse esta reclamación a la situación en la que debe quedar el personal de Gestión que sustituye a un Secretario Judicial, porque la fórmula que viene utilizando el Ministerio de dejar en excedencia especial sin reserva de plaza al Gestor es inaceptable y representa un trato desigual con el resto de las sustituciones.
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