NUEVAMENTE
EL MINISTERIO DE JUSTICIA SE NIEGA A NEGOCIAR LOS SERVICIOS MÍNIMOS PARA LA
HUELGA GENERAL DEL 14-N EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO Y NO ACEPTA NINGUNA DE LAS
MÚLTIPLES PROPUESTAS REALIZADAS POR CCOO, STAJ Y UGT
El
Ministerio de Justicia vuelve a imponer un cupo de servicios mínimos en la
Administración de Justicia no transferida superior al que demandamos desde CCOO, STAJ Y UGT pues
consideramos que la definición de servicios esenciales que ya establecen las diferentes
Sentencias tanto del TSJ de Madrid como del propio TS ganadas en huelgas
anteriores, quedarían cubiertos con las dotaciones previstas para un día
festivo, que no son otras que las de los servicios de guardia.
A pesar de que el Ministerio no aceptó de ninguna
manera esta propuesta –que por otro lado ya se está generalizando entre muchas
CCAA con competencias- desde los sindicatos convocantes de la HG en la
Administración de Justicia, hemos hecho numerosas propuestas para reducir
considerablemente el número de funcionarios en cada órgano judicial, fiscalías,
propuesto inicialmente por el Ministerio en su borrador, con el fin de llegar a
un acuerdo.
Pero el Ministerio definitivamente ha rechazado
también todas nuestras propuestas alternativas y fija unilateralmente los
mismos servicios mínimos que decretó –también impuestos- en la anterior HG
desarrollada el 23 de marzo de este mismo año y que, como entonces, los
consideramos excesivos y que vulneran el derecho de huelga de los
trabajadores.
El Ministerio.
por tanto, vuelve a incluir, por su cuenta y no porque así lo estableciera el
TS, como servicio esencial "la apertura y el funcionamiento mínimo
de todos los Juzgados y Tribunales durante las horas de audiencia al
público" ó " los servicios de asistencia y apoyo a la función
jurisdiccional en los IML, INTCF, MUGEJU...".
Para
el Personal Laboral, los servicios mínimos serán del 20% o del
100% en el caso de los adscritos a las guardias de Equipos Técnicos de Menores.
Además,
para el Cuerpo de Secretarios Judiciales cuya gestión abarca a
todas las CCAA -transferidas o no- también se han establecido dotaciones
mínimas en todos los órdenes jurisdiccionales, incluso en aquellos que no
prestan servicios esenciales.
Además,
hemos solicitado al Ministerio una instrucción clara para las Gerencias y
Secretarios de Gobierno y/o Coordinadores para que el nombramiento de los
servicios mínimos no se haga por designación de ningún Secretario, y se
arbitren fórmulas más imparciales y objetivas que, sin vulnerar el derecho a no
declarar la intencionalidad del trabajador de cara al 29-M, pueda garantizarse
la prestación del servicio fijado.
