SIN ACUERDO EN LOS SERVICIOS MÍNIMOS PARA LA HG DEL14-N, en el ámbito no transferido


8 de noviembre de 2012



NUEVAMENTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA SE NIEGA A NEGOCIAR LOS SERVICIOS MÍNIMOS PARA LA HUELGA GENERAL DEL 14-N EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO Y NO ACEPTA NINGUNA DE LAS MÚLTIPLES PROPUESTAS REALIZADAS POR CCOO, STAJ Y UGT


El Ministerio de Justicia vuelve a imponer un cupo de servicios mínimos en la Administración de Justicia no transferida superior al que demandamos desde CCOO, STAJ Y UGT pues consideramos que la definición de servicios esenciales que ya establecen las diferentes Sentencias tanto del TSJ de Madrid como del propio TS ganadas en huelgas anteriores, quedarían cubiertos con las dotaciones previstas para un día festivo, que no son otras que las de los servicios de guardia.

A pesar de que el Ministerio no aceptó de ninguna manera esta propuesta –que por otro lado ya se está generalizando entre muchas CCAA con competencias- desde los sindicatos convocantes de la HG en la Administración de Justicia, hemos hecho numerosas propuestas para reducir considerablemente el número de funcionarios en cada órgano judicial, fiscalías, propuesto inicialmente por el Ministerio en su borrador, con el fin de llegar a un acuerdo.

Pero el Ministerio definitivamente ha rechazado también todas nuestras propuestas alternativas y fija unilateralmente los mismos servicios mínimos que decretó –también impuestos- en la anterior HG desarrollada el 23 de marzo de este mismo año y que, como entonces, los consideramos excesivos y que vulneran el derecho de huelga de los trabajadores.

El Ministerio. por tanto, vuelve a incluir, por su cuenta y no porque así lo estableciera el TS,  como servicio esencial "la apertura y el funcionamiento mínimo de todos los Juzgados y Tribunales durante las horas de audiencia al público" ó " los servicios de asistencia y apoyo a la función jurisdiccional en los IML, INTCF, MUGEJU...".

Para el Personal Laboral, los servicios mínimos serán del 20% o del 100% en el caso de los adscritos a las guardias de Equipos Técnicos de Menores.

Además, para el Cuerpo de Secretarios Judiciales cuya gestión abarca a todas las CCAA -transferidas o no- también se han establecido dotaciones mínimas en todos los órdenes jurisdiccionales, incluso en aquellos que no prestan servicios esenciales.

Además, hemos solicitado al Ministerio una instrucción clara para las Gerencias y Secretarios de Gobierno y/o Coordinadores para que el nombramiento de los servicios mínimos no se haga por designación de ningún Secretario, y se arbitren fórmulas más imparciales y objetivas que, sin vulnerar el derecho a no declarar la intencionalidad del trabajador de cara al 29-M, pueda garantizarse la prestación del servicio fijado.

Madrid, 7 de noviembre de 2012

Resolución del Ministerio de Justicia: pincha aquí
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