Las editoriales jurídicas impugnan la norma del CGPJ sobre uso de sentencias


21 de febrero de 2011


El Tribunal Supremo (TS) ha dado trámite a la interposición de recurso contra el Reglamento 3/2010 sobre reutilización de sentencias y otras resoluciones judiciales, aprobado el 28 de octubre en un Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que también regula la divulgación de las decisiones de los jueces a los medios de comunicación.


Margarita Robles y CArlos Dívar
La mayoría de las editoriales jurídicas presentaron el pasado 21 de enero el anuncio de recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS, y al cabo de una semana los magistrados han iniciado la admisión a trámite de la solicitud.

El abogado y catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense, Tomás Ramón Fernández, lleva la dirección legal de la impugnación ante el TS y se encuentra a la espera de recibir la notificación de admisión del recurso para formalizar la demanda con todos los argumentos y fundamentos jurídicos que avalen la postura de las editoriales jurídicas.

Sentencias por internet

Entre las entidades que apoyan la impugnación del Reglamento están la Federación del Gremio de Editores y grandes editoriales como La Ley (Grupo Wolters Kluwer), Lex Nova y Thomson Reuters Aranzadi, entre otras. Esta última ha confirmado a NEGOCIO que el lunes presentaran otro recurso junto a la Asociación de Editoriales Jurídicas, grupo de trabajo integrado en la Federación de Gremios de Editores de España.

Desde el Consejo Editorial de El Derecho se han desmarcado de este recurso al mantener una postura favorable al Reglamento impugnado, ya que consideran que es beneficioso para regular el mercado de las editoras jurídicas.

El Reglamento en vigor recoge el concepto de entidades reutilizadoras para referirse a las personas físicas o jurídicas que empleen las sentencias para crear un valor añadido y distribuirlas a terceras personas. Afecta a las editoriales jurídicas y empresas que gestionan por internet el acceso por campos a las sentencias. Deberán tener una licencia y pagar un precio público por cada resolución.

Costes y precios

El CGPJ considera una “responsabilidad presupuestaria” este precio por los costes de recopilación, conversión de formato, eliminación de datos personales y puesta a disposición de las sentencias y otras resoluciones judiciales. Las empresas interesadas podrán solicitar el cálculo de los costes.

Fuentes jurídicas consultadas por NEGOCIO consideran que el Reglamento carece de un estudio económico y público que justifique el importe de las tasas cobradas a las editoriales. Sin embargo, todo apunta a que la norma aprobada por el Poder Judicial contó con una memoria económica que justifica un precio que podría ser proporcional al coste real.

Las grandes editoriales se lamentan del escaso eco que tuvieron sus propuestas durante la tramitación del Reglamento por el CGPJ. El excesivo y exigente régimen sancionador establecido en la norma es otro de los motivos del recurso.

Creen que el Centro de Documentación Jurídica debe eliminar toda referencia personal en las sentencias “vendidas”; si no lo hiciera, serán las editoriales las responsables ante la Agencia de Protección de Datos.

1,50 euros por sentencia

Es el importe que las editoriales publicas abonan por cada copia de sentencia para fines comerciales. Luego hay unos descuentos en proporción al volumen anual de sentencias. Puede llegar a ser del 50% del importe si se trabaja con más de 200.000 sentencias anuales. Por cada copia para fines no comercial se abonan 0,50 euros. Todo lleva el IVA incluido.

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