CCOO solicita la ampliación del plazo para acreditar los cursos de inteligencia emocional, salud laboral e igualdad en la fase de concurso del proceso selectivo de Tramitación, turno libre


20 de noviembre de 2020



CCOO
SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y AL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO DEL PROCESO SELECTIVO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA (TURNO LIBRE) QUE SE ABRA UN NUEVO PLAZO PARA LA ACREDITACIÓN DE CURSOS DE INTELIGENCIA EMOCIONAL, SALUD LABORAL E IGUALDAD QUE CUMPLAN CON LOS NUEVOS REQUISITOS ANUNCIADOS

El tribunal anunció ayer , justo el día en que acababa el plazo, un cambio de criterio (adoptado a propuesta de CCOO) para la valoración de estos cursos, lo que ha podido provocar que algunas personas no los hayan acreditado al haberse anunciado previamente que no serían valorados si no cumplían los requisitos que ahora han sido modificados

Hemos remitido escrito al Ministerio de Justicia y al Tribunal con el siguiente texto:

Estimados/as Sres./as.:

El pasado día 16 de octubre el Tribunal Único de las pruebas selectivas de Tramitación, turno libre, acordó diversos criterios respecto a los cursos de formación que serían valorables en la fase de concurso de este proceso selectivo, resolviéndose que:

No se considerarán los siguientes cursos de formación:

- Cursos de inteligencia emocional, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico

- Cursos de prevención de riesgos laborales, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos relativos a derecho procesal o sustantivo. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos

- Cursos de igualdad, salvo que principalmente contengan módulos jurídicos, debiendo aportar el programa del curso a los mismos fines que el apartado anterior

Ayer, día 19 de noviembre, y en base a la reclamación que efectuó este sindicato al respecto, se publicó un nuevo acuerdo de este tribunal modificando dichos criterios y resolviendo a este respecto lo siguiente:

- Cursos de inteligencia emocional: no se considerarán, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico. Sin perjuicio de ello, se valorarán caso por caso los que se presenten, siempre que pueda entenderse que son cursos de salud laboral, en las mismas condiciones que estos, es decir, siempre que se acredite que contienen unidades o módulos de carácter jurídico, para lo que deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos

- Cursos de salud laboral: se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

- Cursos de igualdad: se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo

Se da la circunstancia de que el día de ayer mismo era en el que vencía el plazo para la presentación de las certificaciones de los cursos de formación por parte de las personas que superaron la fase oposición y algunas de ellas no presentaron la justificación de los cursos de inteligencia emocional ni los de salud laboral e igualdad cuyo contenido principal no era de carácter jurídico aunque sí contenían unidades o módulos jurídicos ya que no iban a ser valorados inicialmente

Solicitamos por ello, ante este cambio de criterio del tribunal, que se abra un nuevo plazo para la presentación de las certificaciones de los cursos de inteligencia emocional, salud laboral e igualdad que cumplan con los nuevos exigidos y que no se hubiesen presentado en plazo ordinario ayer finalizado con objeto de evitar la posibilidad de causar perjuicio a determinadas personas afectadas
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