CCOO exige al Ministerio de Justicia un documento con propuestas concretas que incluyan 600 equipos de refuerzo, el sistema de su cobertura, voluntaria y negociada, y las retribuciones


26 de junio de 2020



  • Primera reunión con el Ministerio de Justicia sobre los planes de actuación para la recuperación en la Administración de Justicia. El Ministerio asegura que remitirá un documento para la negociación hoy mismo y la reunión continuará el lunes 29 de junio a las 10 horas.

SIN HABER REMITIDO DOCUMENTO ALGUNO TODAVÍA EN EL QUE CONSTEN SUS PROPUESTAS CONCRETAS, EL MINISTERIO DE JUSTICIA NOS INFORMA QUE PRETENDE ESTABLECER PLANES DE ACTUACIÓN EXCLUSIVOS PARA LOS ÓRGANOS DE LAS JURISDICCIONES SOCIAL Y MERCANTIL DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE, SIEMPRE QUE LAS CARGAS DE TRABAJO SEAN SUPERIORES AL 130 % DEL MÓDULO DEL CGPJ

El Ministerio de Justicia establece dos tipos de refuerzo, y solo en la jurisdicción social y mercantil hasta el 31 de diciembre de 2020: cuando las cargas de trabajo sean superiores al 130 %, planes de actuación dentro del mismo órgano y solo para parte del personal, y si son superiores las cargas al 200 % o si la pendencia es superior al 130 %, con refuerzos externos de 2 Gestores, 2 Tramitadores y 1 Auxilio por cada cuatro equipos.

CCOO EXIGE AL MINISTERIO DE JUSTICIA UN DOCUMENTO CON PROPUESTAS CONCRETAS, QUE INCLUYAN EL NOMBRAMIENTO DE 600 EQUIPOS DE REFUERZO, COMPUESTO POR JUEZ, LETRADO Y PERSONAL DE TODOS LOS CUERPOS, Y QUE ABARQUEN A TODAS LAS JURISDICCIONES

A la espera del documento que nos anuncia nos va a remitir hoy mismo, el Ministerio de Justicia ha informado de sus propuestas para la recuperación de la Administración de Justicia en los próximos meses. Estas son sus líneas esenciales de su propuesta:
  • Para la primera fase de este plan (septiembre- diciembre de 2020) se considera necesario reforzar todos los órganos judiciales de la jurisdicción social y los especializados en materia mercantil que superen, en la media del partido, el 130 % del módulo de carga de trabajo establecido por el Consejo General del Poder Judicial con medidas de auto refuerzo.
  • Se reforzarán además con refuerzos externos los órganos que superen el 200 % del módulo y aquellos que, sin llegar a este nivel, excedan del 130 % de pendencia.
  • Las medidas de auto refuerzo consistirán en el establecimiento de un programa concreto de actuación por objetivos para un juez, un LAJ, dos funcionarios (Gestor o Tramitador) y un Auxilio Judicial por órgano.
  • Las medidas de refuerzo externo consistirán en el nombramiento de equipos consistentes en un juez, un LAJ (social) o uno por cada dos jueces (mercantil), dos Gestores y dos Tramitadores, así como un Auxilio Judicial por cada cuatro equipos, y se encontrarán vinculadas a la resolución de asuntos urgentes (social) y reclamaciones de transporte aéreo (mercantil). Y su jornada será la ordinaria.
  • Al no haber fuentes fiables del atraso en las jurisdicciones social y mercantil, determinan que los datos se irán actualizando cada dos meses. Es decir, en el mes de octubre se actualizarán para determinar si más órganos necesitan de medidas de refuerzo.
  • La segunda fase comenzará el 1 de enero de 2021 e incluirá además medidas de refuerzo para la jurisdicción contenciosa.
  • Las medidas se plantean para todas las CCAA transferidas o no, y es un marco de mínimos que puede ser incrementado en cada uno de los ámbitos.
  • Este plan que propone el Ministerio de Justicia no agota otro tipo de medidas como la puesta en marcha de nuevos órganos judiciales extraordinarios en las jurisdicciones social y mercantil preferentemente, así como modificaciones legales en materia mercantil, sin descartar otras modificaciones.
  • No se harán transformaciones de órganos judiciales, como Juzgados de Primera Instancia o mixtos en Mercantiles, sin previa negociación.


CCOO ha advertido, con carácter previo, lo siguiente:

  • Hemos exigido al Ministerio de Justicia que nos dé traslado por escrito de su propuesta que incluya además las retribuciones que se proponen, así como el método para la cobertura de las plazas de los refuerzos externos, que debe ser de carácter voluntario. Este documento tiene que incluir también la anulación de las circulares sobre vacaciones, volviendo al sistema hasta ahora vigente, pues no solo es una modificación unilateral de las condiciones de trabajo sino que además es contradictorio con los planes de refuerzo que se nos traslada.
  • Además hemos demandado que el incremento del complemento específico del ámbito no transferido hasta acercarlo al de las CCAA transferidas es una reclamación justa que mantenemos y que seguimos reclamando.

La propuesta de CCOO sobre la recuperación en la Administración de Justicia tiene los siguientes ejes:


1.- CON CARÁCTER PREVIO SE DEBE DETERMINAR EL ESTADO DE LA SITUACIÓN

Con el fin de determinar las prioridades para establecer planes de actuación, por los responsables de cada órgano, fiscalía o servicio, se certificarán los siguientes datos, con indicación de la fecha desde que está pendiente su tramitación:

  • Número de asuntos pendientes de resolución definitiva.
  • Número de ejecutorias en trámite.
  • Número de escritos, recursos, demandas, denuncias, querellas, atestados o partes facultativos pendientes de incoar o de proveer.
  • Número de inscripciones pendientes de realizar y número de expedientes en trámite en los Registros Civiles con especial mención de los expedientes de matrimonio y juras de expedientes de nacionalidad.
  • Número de informes pendientes de emitir en los Institutos de Medicina Legal, Instituto Nacional de Toxicología, Fiscalías, informes periciales o de los equipos psicosociales.
  • Número de diligencias pendientes de practicar en los Servicios Comunes de Actos de Comunicación y Ejecución.
  • Número de escritos pendientes de registro y reparto en los servicios comunes o en los decanatos.

Las medidas de refuerzo que se proponen a continuación irán destinadas, por su orden, a las jurisdicciones dentro de cada partido judicial que mayor retraso tengan acumulado, conforme a los datos de asuntos pendientes anteriormente mencionados.

Deben tener prioridad los órganos y servicios con competencia en las actuaciones que afectan a los colectivos más vulnerables (trabajadores públicos y privados, ciudadanía afectada por las crisis, mujeres o menores en riesgo, inmigrantes).

2.- MEDIDAS DE REFUERZO

A) Personal de Refuerzo.

Se propone el nombramiento de 600 jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes, más el número de fiscales sustitutos que sean necesarios

Estas plazas de refuerzo se proveerán de forma voluntaria con preferencia para el personal del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Con cada juez/a sustituto/a o magistrado/a suplente se constituirá un equipo de refuerzo integrado, además, por 1 LAJ, 2 GPA, 4 TPA y 1 AJ.

Con cada Fiscal de refuerzo se nombrará 1 GPA, 1 TPA y 1 AJ.

Para los servicios comunes y registros civiles en los que la carga de asuntos pendientes así lo justifique se nombrarán equipos de refuerzo conformados por 1 LAJ, 1 GPA, 1 TPA y 1 AJ.

En los IML se nombrará el número suficiente de personal de refuerzo del Cuerpo de Médicos Forenses y 1 TPA por cada Médico Forense.

En los departamentos del INTyCF se nombrará el número necesario de personal de los Cuerpos de Facultativos, Técnicos Especialistas de Laboratorio y Auxiliares de Laboratorio, así como de los cuerpos generales.

Estas plazas de refuerzo se proveerán de forma voluntaria a través de comisiones de servicio por personal del mismo cuerpo o por personal del cuerpo de titulación inmediatamente inferior en régimen de sustitución, seleccionado con criterios objetivos y negociados.

Las plazas no cubiertas de forma voluntaria por este sistema y las que queden disponibles en las de origen del personal que acceda voluntariamente a estas sustituciones serán cubiertas por personal interino.

Se procederá además a la cobertura inmediata de todas las plazas vacantes del personal laboral y a la contratación de personal laboral eventual de refuerzo de las categorías profesionales de Psicología, Trabajo Social y Peritos donde la pendencia de informes pendientes de emisión así lo justifique, con un mínimo de un/a trabajador/a de estas categorías en cada provincia.


B) Funciones y competencia de los equipos y personal de refuerzo.

Los equipos y personal de refuerzo conocerán de los asuntos más atrasados conforme a los datos a que se refiere el punto 1 y los atenderán por riguroso orden de antigüedad en la fecha de incoación del procedimiento o de la fecha desde la que esté pendiente la práctica de la diligencia o la emisión del informe en los servicios no jurisdiccionales.


C) Actuaciones en el resto de centros de trabajo donde no se nombre personal de refuerzo. Prolongaciones de jornada.

En los órganos judiciales, fiscalías y servicios en los que no se incorpore personal de refuerzo pero mantengan una pendencia superior a la media nacional o superen los módulos de trabajo se establecerán para el personal de todos los cuerpos funcionariales prolongaciones de jornada voluntarias hasta 40 horas semanales en jornada de mañana y tarde y retribuidas conforme se acuerde a través de la negociación colectiva.


D) Duración de las medidas de refuerzo y prolongaciones de jornada

El nombramiento de equipos y personal de refuerzo y la asignación de prolongaciones de jornada se hará por plazo de seis meses prorrogables.

Finalizado el quinto mes de la medida de refuerzo o prolongación de jornada se elaborará nuevamente un informe de situación con el mismo contenido que el señalado en el punto 1 y, a la vista de sus resultados se prorrogará, en su caso, la medida o se asignarán los refuerzos y prolongaciones de jornada a otros órganos o servicios con mayor volumen de pendencia. De esta forma se actuará cada semestre.


E) Financiación de las medidas de refuerzo.

El Gobierno dotará al Ministerio de Justicia y a las CCAA con competencias transferidas del presupuesto suficiente para la adopción de este plan de actuación con cargo a los fondos que se están negociando en la Unión Europea para paliar la crisis del COVID-19.



EL MINISTERIO DE JUSTICIA TIENE OBLIGACIÓN DE NEGOCIAR TODO EL PLAN DE RECUPERACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, NO SOLO TRASLADAR A LOS TRABAJADORES/AS QUE SE APLICARÁN MEDIDAS DE REFUERZO SI EL ATRASO ES SUPERIOR AL 130 % DE MEDIA RESPECTO A LOS MÓDULOS DE CARGA DE TRABAJO DEL CGPJ

CCOO EXIGE UNA NEGOCIACIÓN GLOBAL, PONIENDO ENCIMA DE LA MESA, TODAS LAS CUESTIONES QUE AFECTAN A LAS Y LOS TRABAJADORES: EL SISTEMA DE COBERTURA DE LOS REFUERZOS, LAS RETRIBUCIONES QUE SE PERCIBIRÁN, LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS REFUERZOS, LAS GARANTÍAS DE QUE TODO EL SISTEMA ATENDERÁ A CRITERIOS OBJETIVOS Y NEGOCIADOS


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