MINISTERIO DE SANIDAD
Estado de alarma. Medidas urgentes
Orden SND/319/2020, de 1 de abril, por la que se modifica la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.PDF (BOE-A-2020-4265 - 4 págs. - 236 KB) Otros formatos
Cuatro. Se añade un nuevo apartado octavo bis, que queda redactado en los siguientes términos:
«Octavo bis. Puesta a disposición de las comunidades autónomas de los Médicos Forenses y profesionales adscritos al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Las comunidades autónomas podrán disponer de los Médicos Forenses y profesionales adscritos al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que no estén prestando servicios esenciales en el ámbito de la Administración de Justicia, pudiendo destinarlos a aquellas labores de apoyo o de refuerzo sanitario que se estimen oportunas de acuerdo con sus específicos perfiles profesionales.
El Ministerio de Sanidad facilitará a las comunidades autónomas los datos de contacto que procedan, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.»