Pedimos al Ministerio de Justicia intervención plena de los Comités de Seguridad y Salud


24 de marzo de 2020



LA RESOLUCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS APROBADA AYER POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA NO ESTABLECE PROTOCOLOS PRECISOS DE ACTUACIÓN PARA LOS CASOS DE CONTAGIO NI PARA EL CASO DE QUE NO EXISTAN LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN NI DE LIMPIEZA NECESARIOS
CCOO propone al Ministerio de Justicia un protocolo de actuación para estos casos con la intervención decisoria de los Comités de Seguridad y Salud, integrados por representantes de la Administración y de los/as trabajadores/as

Hemos dirigido escrito el siguiente escrito al Ministerio de Justicia:

"Reclamamos la intervención de los Comités de Seguridad y salud y delegados/as de prevención, tanto para la determinación de las medidas en cada caso de contagio y sintomatología grave, como para el caso de que falten medidas preventivas en algún centro de trabajo. Proponemos el siguiente protocolo de actuación en estos casos.

  • Los Comités de Seguridad deben quedar constituidos de forma permanente sin que haya necesidad de convocar reuniones para cada caso.
  • Se incorporarán a las reuniones los delegados de prevención de jueces y fiscales si los hubiere.
  • Recibida la incidencia (contagio, sintomatología grave o falta de medios de protección) por la administración o los representantes de los/as trabajadores/as se activará de inmediato el Comité de Seguridad y Salud.
  • Evaluará los riesgos del caso concreto y adoptará las medidas para minimizar dichos riesgos.
  • El Comité de Seguridad y salud podrá acordar entre otras medidas:

  1. La paralización de la actividad durante el tiempo necesario para que se doten las medidas preventivas.
  2. El traslado provisional a otras estancias que cumplan las medidas preventivas hasta que se repongan los medios de protección.
  3. La práctica por viedoconferencia de las actuaciones judiciales.
  4. La paralización de la actividad cuando estime que el riesgo sea extremo y proponer a la Administración medidas alternativas como la suplencia del personal contagiado o con sintomatologías graves o que haya estado en contacto estrecho con personas contagiadas o sintomatologías graves o el traslado del lugar de trabajo a otras dependencias donde estén implementadas todas las medidas preventivas."

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