Nueva estructura en el Ministerio de Justicia


29 de enero de 2020



BOE DE 29 DE ENERO DE 2020: NUEVA ESTRUCTURA EN EL MINISTERIO DE JUSTICIA

SE SUPRIMEN LAS DIRECCIONES GENERALES DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, LA DE MODERNIZACIÓN DE LA JUSTICIA, LA DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO Y LA SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, entre otras

En el BOE de hoy, 29 de enero de 2020, se publica el Real Decreto de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, con profundos cambios en la estructura de los ministerios, y, en concreto, con profundas modificaciones sobre la estructura anterior (que ha permanecido durante muchas legislaturas) en el Ministerio de Justicia.

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
Organización

Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

PDF (BOE-A-2020-1246 - 20 págs. - 336 KB)    Otros formatos



En este Real Decreto se establece entre otras, la estructura básica del Ministerio de Justicia en su artículo 2.

"Artículo 2. Ministerio de Justicia.

1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

  • a. La Dirección General para el Servicio Público de Justicia
  • b. La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia
  • c. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos.


B) La Subsecretaría de Justicia, de la que depende la Secretaría General Técnica.


C) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría.


2. Quedan suprimidas la Secretaría General de la Administración de Justicia, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, la Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos, la Dirección General de los Registros y del Notariado, la Dirección General para la Memoria Histórica y la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos."



Se deduce que será la Dirección General para el Servicio Público de Justicia la que contenga las competencias de la ahora suprimida Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública asumirá, al parecer, las competencias entre otras de la suprimida Dirección General de los Registros y del Notariado.

Si bien, es pronto para conocer las competencias de cada Dirección General que nace ahora, tras la supresión de muchas Direcciones Generales, entre otras, además de las mencionadas, Dirección General de Relaciones y de los Registros y del Notariado, la de Modernización de la Administración de Justicia y la Secretaría General de la Administración de Justicia.
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