CCOO exige la negociación urgente de una instrucción reguladora de las Comisiones de Servicio y sustituciones en el ámbito no transferido


2 de octubre de 2019



CCOO DENUNCIA LA NULA OFERTA DE COMISIONES DE SERVICIO EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO Y LA FALTA DE PUBLICIDAD Y EL OSCURANTISMO EN LA CONCESIÓN DE LAS POCAS QUE SE CONVOCAN, Y RECLAMA LA NEGOCIACIÓN URGENTE DE UNA INSTRUCCIÓN QUE REGULE LA COMISIÓN DE SERVICIO Y LA SUSTITUCIÓN EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO

A diferencia de los funcionarios de Justicia destinados en las CCAA con competencias en materia de gestión del personal de la Administración de Justicia, que disponen de la posibilidad de acceder, con normalidad, a determinadas plazas por la vía de las Comisiones de Servicio o Sustituciones, a través de un procedimiento reglado que garantiza la publicidad de cada convocatoria, los funcionarios de Justicia del ámbito no transferido carecen de una regulación de estas formas de provisión, de tal forma que los funcionarios, ante la necesidad de solicitar una Comisión de Servicio o una Sustitución, desconocen las reglas y criterios objetivos para su concesión.

La Comisión de Servicio y la Sustitución, como mecanismo de provisión temporal de puestos de trabajo vacantes, constituye un derecho fundamental de los funcionarios de los Cuerpos Generales y Especiales y de Letrados de Justicia, reconocido en el citado Reglamento y en el art. 450.2 y 524.2 de la LOPJ; por otra parte, este sistema se ha demostrado conveniente y eficaz como remedio para resolver graves situaciones personales y familiares de los funcionarios con necesidades urgentes de movilidad entre concursos; sin embargo, la escasa, por no decir nula oferta de estas plazas, la falta de un procedimiento transparente y normalizado, regulador de su concesión, responsabilidad exclusiva del Ministerio de Justicia, discrimina a los funcionarios de justicia del ámbito no transferido y los coloca en una situación de profunda injusticia, dando lugar, en muchos casos, a situaciones personales y familiares insostenibles cuya solución no admite más demora.

Desgraciadamente, la consecuencia de esta falta de regulación, unido a la prácticamente inexistente oferta, es que la concesión de las pocas comisiones de servicio que se convocan, en relación con el número de puestos existentes, constituye terreno abonado para la arbitrariedad y el oscurantismo, ejemplificado en la falta de publicidad, excepcionalidad de las convocatorias, trato de favor y la concesión a dedo, con desprecio de cualquier posibilidad de fiscalización de las decisiones administrativas al respecto, situación impropia de una administración del siglo XXI; en similar situación se encuentran los Letrados, con una Instrucción aprobada sin negociación previa, que carece de mecanismos objetivos para su concesión, dando lugar a toda clase de irregularidades.

Por todo ello, CCOO se ha dirigido a la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia denunciando esta situación y exigiendo la negociación urgente, de una vez por todas, de una Instrucción que regule las Comisiones de Servicio y Sustituciones en su ámbito de gestión y una nueva regulación de la actual instrucción de Comisiones de Servicio del Cuerpo de Letrados en la que se garanticen criterios objetivos de concesión.

ESCRITO COMISIONES DE SERVICIO Y SUSTITUCIONES Imprimir artículo