CCOO denuncia ante el Defensor del Pueblo que, dos años después de la pérdida de competencias de los Registros Civiles para recibir las solicitudes de nacionalidad, existe una vulneración del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos públicos
Subsisten agravados los problemas para la resolución de los expedientes de nacionalidad tramitados conforme el procedimiento antiguo
CCOO denuncia que el Ministerio de Justicia está fomentando la privatización del nuevo procedimiento al dar preferencia a las solicitudes electrónicas presentadas a través de abogados y gestorías
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CCOO ha dirigido una carta al Defensor del Pueblo en la que denuncia que, tras dos años desde la retirada de la competencia de los Registros Civiles para informar, revisar y recibir las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia que se tramitan conforme el procedimiento establecido en el Real Decreto 1004/2015, sin que ninguna otra oficina pública realice las funciones que venían desarrollando los Registros Civiles, se están vulnerando derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros para acceder a la nacionalidad española establecidos en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en concreto el derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes imponen a sus solicitudes; a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y el de asistencia a los interesados que carecen de medios electrónicos para presentar por sí mismos sus solicitudes. Todo ello supone, a juicio de CCOO, una vulneración del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos públicos
Ante la pérdida de competencia de los Registros Civiles para informar, recibir y revisar las solicitudes de nacionalidad a partir del 30 de junio de 2017, CCOO interpuso una queja ante la Oficina del Defensor del Pueblo, por entender que ello supondría la vulneración de numerosos derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros, al no existir ningún órgano administrativo que sustituyera a los Registros Civiles como oficinas de referencia para la tramitación de las solicitudes de nacionalidad. Dos años después, y tras diversas actuaciones del Ministerio de Justicia a requerimiento del Defensor del Pueblo, CCOO denuncia ante éste que subsisten agravados los problemas en materia de adquisición de la nacionalidad española por residencia:
1.- Los ciudadanos extranjeros no tienen un organismo cercano, como son los Registros Civiles, en donde informarse sobre los requisitos para la adquisición de la nacionalidad española, documentación a presentar y trámites a realizar. Sólo tienen la opción de informarse a través de la página web del Ministerio de Justicia o contratar los servicios de un profesional (abogado, gestor administrativo) que les asesore al respecto
2.- Los ciudadanos extranjeros no tienen un organismo ante el que cerciorarse de que la documentación que acompañan a su solicitud de nacionalidad española es la correcta y adecuada, ni para que se digitalice y tramite de forma electrónica su solicitud
CCOO denuncia que ante la dificultad del trámite administrativo (conocimiento de requisitos, documentación a presentar) se ha fomentado con esta medida que los ciudadanos extranjeros contraten los servicios profesionales de abogados y gestores administrativos para su presentación por vía electrónica. Dado que muchos ciudadanos extranjeros no pueden abordar el coste de la contratación de dichos servicios profesionales se está produciendo, a juicio de CCOO, vulneración del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos públicos
CCOO, asimismo, pone de manifiesto que el Ministerio de Justicia está tramitando y resolviendo las solicitudes presentadas en formato electrónico mediante un plan de incentivos para personal del Ministerio de Justicia para la calificación de expedientes de nacionalidad fuera de horas de trabajo, mientras que las solicitudes presentadas en formato papel desde el año 2016 están sin digitalizar, metadatar y por tanto pendientes de la incoación del expediente electrónico que permita iniciar su tramitación. Como la inmensa mayoría de solicitudes electrónicas han sido presentadas por medio de profesionales previo pago de sus honorarios, el Ministerio de Justicia está fomentando el uso de esta vía frente a la de los ciudadanos extranjeros que no quieren o no pueden satisfacer sus honorarios y optan por la vía del papel
Respecto a los llamados “procedimientos antiguos”, es decir, las solicitudes presentadas antes del 15 de octubre de 2015, CCOO denuncia que siguen siendo miles las solicitudes pendientes de resolver, con numerosos problemas añadidos:
- Retraso de años en la resolución de los expedientes para los que se ha requerido que aporten documentación adicional
- Requerimientos de documentación adicional en muchos casos redundantes
- Elevado número de recursos de reposición interpuestos contra las denegaciones de nacionalidad
- Contratación de personal ajeno al Ministerio de Justicia (personas recién licenciadas en Derecho) para la resolución de las resoluciones de dichos recursos, tras un mínimo curso de formación
- Única opción de acudir a la vía contenciosa para agilizar la resolución de estos expedientes
CCOO solicita al Defensor del Pueblo la continuación de la actuación abierta tras nuestra queja y que inste al Ministerio de Justicia para que realice las actuaciones oportunas a fin de evitar la vulneración de los derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros que quieran adquirir la nacionalidad española en todo lo relativo a la información sobre los trámites, revisión de su documentación, consulta de dudas y presentación de su solicitud; en definitiva, de su derecho a acceder a la nacionalidad española en igualdad de condiciones, sin discriminación alguna por lugar de residencia, acceso a nuevas tecnologías o recursos económicos de que puedan disponer. Para CCOO la solución a estos problemas pasa por que los Registros Civiles recuperen la competencia para recibir las solicitudes, como hasta el 30 de junio de 2017; por que los Registros Civiles puedan digitalizar y metadatar las solicitudes que se presenten ante ellos; e incluso que los Registros Civiles puedan ser los competentes para la instrucción de las solicitudes