Información sobre el IV Convenio Único de personal laboral de la Administración de Justicia, suscrito hoy 4 de marzo con Función Pública


5 de marzo de 2019




VALORACIÓN DEL SECTOR DE JUSTICIA SOBRE EL IV CONVENIO ÚNICO PARA EL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (que ha sido suscrito por todos los sindicatos hoy, 4 de marzo de 2019)

  • La Administración se cierra ante algunas de nuestras reclamaciones que hemos defendido con firmeza desde el Sector de Administración de Justicia de CCOO, mientras otras muy esenciales, como la jubilación parcial para un colectivo de media de edad elevada y la mejora en las tablas retributivas, entre otras, se logran y permiten avances significativos.

La negociación del IV Convenio Único de personal laboral quedó prácticamente cerrada, sin pocas o ninguna posibilidad de obtener nuevas mejoras importantes en la negociación, el pasado viernes 1 de marzo, ya que, con las elecciones que se van a celebrar el próximo 28 de abril, con una Administración provisional y el Gobierno a punto de entrar en funciones, pocos avances se estaban produciendo en los últimos días.

La disyuntiva era la de adoptar la decisión de romper la negociación a pesar de los avances logrados, que permiten mejoras significativas sobre el III Convenio, y, por tanto, convocar movilizaciones de la máxima contundencia, y que era necesario que fueran apoyadas por la gran mayoría de las y los trabajadores, si pretendíamos conseguir algunas de nuestras propuestas rechazadas por la Administración, pues ésta se negaba en redondo a aceptar e introducir nuevas mejoras reclamadas por CCOO, o, aunque el texto final no recoja todas las reivindicaciones planteadas, suscribir el convenio, pues algunos de los avances son significativos para la inmensa mayoría de los 40.000 trabajadores y trabajadoras que componen el Convenio Único.

La negociación del Convenio había abierto muchas expectativas entre todas y todos los trabajadores, algunas de ellas, importantes para CCOO, no se van a ver plasmada en el texto, no obstante pensamos que en su conjunto son mucho más favorables para todo el colectivo de personal laboral en relación con el convenio anterior. Es esa valoración lo que nos hace elegir firmar el Convenio, por, entre otras cuestiones, las mejoras retributivas que se producen para los grupos profesionales con retribuciones más bajas, que son las personas y el colectivo peor pagado de todas las Administraciones Públicas, pero no solo, pues avances significativos en otras cuestiones, también muy importantes, hemos conseguido.

En el aspecto retributivo (Ver tablas al final de esta nota), con las nuevas tablas salariales del IV Convenio que se logran, éstas suponen un incremento total del 14% entre los años 2019 y 2020 para los salarios más bajos, y aunque el incremento lo consideramos insuficiente, está muy por encima de lo establecido para el resto de empleados públicos en esos dos años, cuyos incrementos se sitúan entre un 4,50 y un 5,50%.

Respecto a las retribuciones complementarias, no se ha recogido ninguna nueva, se va dotar con una cantidad importante de los fondos adicionales y se creará un Comisión para el estudio, ordenación y redefinición de los complementos de puesto de trabajo, que nos permita conseguir definitivamente, y como mínimo, los complementos aprobados en la Subcomisión Departamental de Justicia, como el AR para Equipos Técnicos, el de atención al público y los que realizan jornada de miércoles a domingo.

Además se desbloquea la vía judicial para la reclamación de nuevos complementos

Se logra un sistema de clasificación profesional actualizado basado en el sistema educativo y en el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, que permite la integración de la práctica totalidad de los perfiles profesionales sin que, en ningún caso, suponga diferencias retributivas entre trabajadores y trabajadoras de un mismo grupo profesional del III Convenio. Además, se logra la creación de un grupo de trabajo para el estudio de la carrera profesional en el puesto establecida en el Estatuto Básico del Empleado Público.

Respecto al encuadramiento, se van a producir avances cuando comience a desarrollarse este convenio, con la aplicación del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, en un primer análisis los Oficiales de Actividades Específicas (autopsias) todos ellos se reclasifican y pasan a encuadrarse en el Grupo M 1, que son especialidades coincidentes con títulos de Formación Profesional de Grado Superior, es decir viene a reconocer y a retribuir el trabajo técnico que realizaban estos compañeros/as.

De las propuestas que desde el Sector de Justicia de CCOO realizamos sobre actividades horizontales, se han reconocido como actividades que son realizadas por personal funcionario, la Traducción e Interpretación directa e inversa de distintos idiomas, Peritación y Valoración de Bienes y Clasificación, referenciación, sistematización y control de todo tipo de documentos (Anexo II del IV Convenio). Tanto traductores, peritos judiciales y personal de Archivo de los antiguos grupo I y II, van a poder participar a cambios de régimen jurídico, a cuerpos de funcionarios, en procesos restringidos, con plazas suficientes para acceder a los grupos de funcionarios que realizan estas funciones, y garantizando las retribuciones y la localidad de origen.

Consideramos negativo, que la Administración se haya negado a admitir, como actividad propia de funcionarios la psicología, el trabajo social y la educación social, (CCOO ha sido el único sindicato que ha realizado una propuesta y reclamación en este sentido, y ésta es una de las reclamaciones que no hemos logrado y por la que hemos perseverado hasta el último momento) cuando existen cuerpos superiores de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, que realizan funciones muy similares. Seguiremos insistiendo en que hay que aumentar el conjunto de actividades cuyo ejercicio, en el ámbito de la Administración Pública, corresponde al personal funcionario. Además los Equipos Técnicos desempeñan una potestad pública en la elaboración de informes, realizando evaluaciones y orientando medidas judiciales, funciones que según el TREBEP son materia del personal funcionario.

CCOO también hemos exigido (es otra de las reclamaciones que no logramos) durante toda la negociación el encuadramiento en el Grupo I, a los Traductores Intérpretes, pero la Administración se ha negado sistemáticamente a esta cuestión, alegando de forma reiterada que ninguna reclasificación se va a producir a grupos profesionales de niveles A1 y A2 (M3 y M2 con la nueva nomenclatura) de la Administración sin pruebas selectivas. Lo que se abre ahora con el nuevo convenio es un proceso completamente nuevo, que si bien no era nuestra reclamación fundamental, es un avance importante pues logramos que este colectivo pueda acceder al nivel superior del cuerpo de funcionarios si se tiene la titulación. Podrán participar en los procesos de cambio de régimen jurídico a funcionarios, que es un avance importante sobre lo actual, y las plazas que se convoquen serán restringidas exclusivamente al personal laboral de la citada categoría, y no podrán participar personas externas aunque reúnan los requisitos.

Respecto al sistema de provisión de vacantes, logramos desatascar lo que estaba produciéndose en la actualidad y durante años: se materializa el concurso abierto y permanente, con cuatro resoluciones al año, será el mecanismo ordinario de movilidad, se acaban con las adscripciones provisionales, consiguiéndose garantías que las vacantes se oferten a concurso, a promoción y en este orden, antes que su convocatoria al turno libre, como ha ocurrido en las últimas oferta de empleo público, esto ha sido exigencia especialmente desde el Sector de Justicia de CCOO.

Se recoge por primera vez el derecho a acogerse a la jubilación parcial anticipada, reivindicación de CCOO muy importante para el conjunto del personal laboral, que entrará en vigor en enero de 2021. Esta no es una reivindicación y un logro sin importancia, dada la edad media del colectivo de personal laboral (superior a los 56 años), por lo que, una vez entrada en vigor, muchos compañeros podrán acogerse a una jubilación con una reducción de la jornada del 50%, con un contrato de relevo y manteniendo el 100 % de la retribución de origen.

También hemos conseguido el compromiso de la Administración de eliminar las contrataciones, de trabajos que son propios del personal laboral del Convenio Colectivo, creemos que es el momento de ganar la batalla y acabar con los acuerdos inaceptables con el Colegio de Psicólogos y otras empresas que realizan negocios con la Administración de Justicia.

En suma no logramos el 100 % de las reclamaciones de la plataforma reivindicativa, pero si se consigue un avance sustancial sobre el III Convenio, se logran mejoras significativas en salarios, se asegura un sistema de provisión de vacantes que llevamos reclamando años, y se asegura que muchos trabajadores/as que reclaman justamente su clasificación en niveles profesionales adecuados y no discriminatorios, puedan acceder a través de un proceso nuevo de funcionarización.

No obstante no podemos estar nada satisfechos de no haber logrado que todos aquellos grupos profesionales que realizan tareas y funciones de personal funcionario, la Administración se haya negado a su funcionarización. CCOO no cejará hasta lograrlo.


Tablas retributivas IV Convenio Único


Grupos profesionales

Enero 2018

Enero 2019

Julio a diciembre 2019
+ Incremento 2% en 2020
(mínimo)*
+ Incremento 3,55 % en 2020 (máximo)*
1
M3
1.947,90
2.057,09
2.062,23
2.103,47
2.135,44
2
M2
1.612,41
1.707,82
1.712,08
1.746,33
1.772,86
3
M1
1.261,59
1.349,97
1.353,35
1.380,42
1.401,39
4
E2
1.054,99
1.167,83
1.170,75
1.194,17
1.212,32
5
E1
998,10
1.135,70
1.139,53
1.161,30
1.198,95

*Los incrementos salariales previstos en 2020 van desde un mínimo del 2% al 3,55 %. En este último caso, si se cumplen los objetivos del PIB (+ 1 % adicional) y de déficit público (0,55 % adicional).

Además, seis millones de euros se destinan al sistema retributivo complementario en 2020.



Imprimir artículo