EL MINISTERIO DE JUSTICIA CONFIRMA QUE ACEPTA LA RECLAMACIÓN QUE CCOO HA VENIDO EXIGIENDO SOBRE EL DISFRUTE DE LOS PERMISOS DE ASUNTOS PARTICULARES DE 2017 Y 2018:
TODO EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, PERSONAL FUNCIONARIO TITULAR E INTERINO, TENDRÁN DERECHO AL DISFRUTE DE LOS PERMISOS DE 2017 Y 2018 (6 DÍAS EN TOTAL) EN PROPORCIÓN AL TIEMPO TRABAJADO, HAYAN O NO CESADO EN ALGUNO DE ESOS PERÍODOS
CCOO ya había adelantado, el 11 de marzo, el acuerdo alcanzado en la reunión celebrada el pasado 6 de marzo entre CCAA y el Ministerio de Justicia, sobre el derecho de todo el personal (titular e interino) al disfrute de los días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2017 y 2018 (en proporción al tiempo trabajado en esos períodos, se hubiera cesado o no), que reconocía la justa reclamación de CCOO, y que había sido negado por el Ministerio en su circular de 17 de enero de 2019.
Ver enlace a esta noticia del blog de CCOO, publicada en nuestra web el pasado 11 de marzo de 2019.
En esta noticia se adjuntan asimismo enlaces a las acciones que ha venido realizando CCOO desde el 17 de enero para restablecer este derecho a todas las y los trabajadores.
En la nueva circular, que el Ministerio de Justicia informa se remitirá a las organizaciones sindicales en breve, se establece una modificación esencial de la instrucción-circular del 17 de enero de 2019, circular que fue duramente criticada por CCOO, por lo que apoyamos y entregamos modelos de reclamación a decenas de compañeros y compañeras a los que se pretendía impedir su disfrute en relación al tiempo trabajado en 2017 y 2018. Y se cursaron de esta manera decenas de reclamaciones, no solo dirigidas al Ministerio de Justicia, sino también a CCAA transferidas, como la de Madrid, que también impedía este disfrute.
La modificación de la instrucción de 17 de enero (Reproducimos la instrucción del Ministerio de Justicia del 17 de enero de 2019, ahora modificada en su apartado 5, como ha defendido reiteradamente CCOO, se refiere esencialmente a que se podrán disfrutar los días de asuntos particulares por todo el personal, titular e interino, de forma proporcional al tiempo trabajado aunque se hubiera cesado o en 2017 o en 2018, con la única condición de estar en activo en el momento de disfrutar esos días de permiso.
Reproducimos la citada modificación que se refiere al apartado 5 de la citada instrucción de 17 de enero:
"Nombramientos o ceses de funcionarios de carrera y/o interinos o de refuerzo:
a) Días de permiso por asuntos particulares de los años 2017 y 2018
Los funcionarios interinos que estén en activo durante el año 2019 y hubieran prestado servicios en el ámbito del Ministerio de Justicia durante los años 2017 y 2018, podrán disfrutar durante el año 2019 los días adicionales en proporción al periodo trabajado desde el 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018, con independencia de si ha habido ceses intermedios
b) Días de permiso por asuntos particulares del año 2019 y siguientes:
Los funcionarios interinos podrán disfrutar durante cada año los días de permiso por asuntos particulares en proporción al período trabajado ese año, con independencia de si ha habido ceses intermedios"
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"Nombramientos o ceses de funcionarios de carrera y/o interinos o de refuerzo:
a) Días de permiso por asuntos particulares de los años 2017 y 2018
Los funcionarios interinos que estén en activo durante el año 2019 y hubieran prestado servicios en el ámbito del Ministerio de Justicia durante los años 2017 y 2018, podrán disfrutar durante el año 2019 los días adicionales en proporción al periodo trabajado desde el 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018, con independencia de si ha habido ceses intermedios
b) Días de permiso por asuntos particulares del año 2019 y siguientes:
Los funcionarios interinos podrán disfrutar durante cada año los días de permiso por asuntos particulares en proporción al período trabajado ese año, con independencia de si ha habido ceses intermedios"