José Manuel Vera (CCOO) y Carlos Álvarez (UGT) |
Como respuesta a esta exigencia la Administración, tras plantear las dificultades que implica el reconocimiento de este derecho, nos propone recoger en el texto del convenio la aplicación de la jubilación anticipada y parcial, en los términos regulados en la normativa de seguridad social, a partir del 1 de enero de 2021.
CCOO y UGT hemos valorado positivamente esta incorporación, que implicaría la posibilidad del personal laboral de acceder a ese tipo de jubilación anticipada durante la vigencia del Convenio Único, continuando por tanto con la negociación. Imprimir artículo