Tienen de plazo hasta el día 5 del mes de marzo, inclusive. Tres días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación, 28 de febrero.
Si vienen de otra Comunidad Autónoma: Deben aportar, necesariamente, junto con la instancia, el informe favorable de su Juzgado o Centro de destino, así como el informe favorable de su Dirección General o Gerencia Territorial.
Este último informe favorable de la Dirección General, Gerencia, etc. en el caso de que no les diera tiempo a adjuntarlo, estarán obligados a presentar NECESARIAMENTE, el escrito de petición de ese informe favorable a su Órgano competente, en el que conste debidamente el registro de entrada, y nosotros a la vista de ello, lo solicitaríamos.
Advertirles también que no pueden presentar ninguna solicitud por fax, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo. Caso de hacerlo por esa vía, estarán excluidos. Otra cosa diferente, es que quieran adelantar por correo electrónico la solicitud, pero ello no exime de su presentación por los cauces ordinarios y reglamentarios, que es través de lo que establece la Convocatoria. Si no viene debidamente registrado, no lo tendríamos por presentado (correo electrónico: justicia@asturias.org).