Publicada la prórroga de la vacatio legis de la ley 20/2011 del Registro Civil


29 de junio de 2017



  • Se publica en el BOE la modificación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria que incluye:

BOE de 29 de junio de 2017: prórroga vacatio legis de la ley 20/2011 del Registro Civil hasta el 30 de junio de 2018

Los expedientes de matrimonio se seguirán tramitando por el encargado del Registro Civil

JEFATURA DEL ESTADO

Jurisdicción voluntaria
En esta modificación, se ha incluido:

«Los expedientes matrimoniales que se inicien antes de la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil se seguirán tramitando por el Encargado del Registro Civil conforme a las disposiciones del Código Civil y de la Ley del Registro Civil de 8 de junio de 1957.»

"La presente Ley 20/2011 del Registro Civil entrará en vigor el 30 de junio de 2018,excepto las disposiciones adicionales séptima y octava y las disposiciones finales tercera y sexta, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, y excepto los artículos 49.2 y 53 del mismo texto legal, que entrarán en vigor el día 30 de junio de 2017."
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