Abono devolución paga extra 2012 por la Comunidad de Cataluña


14 de octubre de 2016




Plazo para reclamar para los que ya no se encuentren destinados en la Comunidad de Cataluña: 10 días hábiles

En el DOGC (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya) se publica hoy, 14 de octubre de 2016, DECRETO LEY 5/2016, de 11 de octubre, de recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 para el personal de los cuerpos de la Administración de justicia en Cataluña.

En dicho Decreto Ley publicado se establece literalmente:

"2.2 El abono de estas cantidades se producirá a solicitud de las personas interesadas cuando estas, en la fecha de entrada en vigor de este Decreto ley, hayan dejado de prestar servicios en el ámbito de la Administración de justicia en Cataluña. En este caso, el plazo para presentar la solicitud será de 10 días hábiles desde la publicación de este Decreto ley.

En caso de defunción, la solicitud corresponde a los herederos conforme a las normas del derecho civil.

El modelo de solicitud estará disponible en la página web del Departamento de Justicia y en la intranet de la Administración de Justicia de este Departamento."


DECRETO LEY 5/2016, de 11 de octubre, de recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 para el personal de los cuerpos de la Administración de justicia en Cataluña.

En la página web de la Generalitat de Cataluña se debe colgar hoy el modelo de solicitud para recuperar la paga extra 2012, para los trabajadores/as que ya no están destinados por una u otra razón en la Comunidad de Cataluña. Imprimir artículo