En el cambio de entidad médica, CCOO aconseja a los mutualistas que opten por la asistencia médica privada, que revisen los cuadros médicos de su entidad y que en su caso denuncien la falta de medios asistenciales a que están obligadas


14 de enero de 2015


También en la MUGEJU, CCOO

Como ya os informamos anteriormente, recordamos a todos y todas las mutualistas que desde el día 1 de enero y hasta el 31 de enero se puede cambiar de entidad médica, y que ésta puede ser prestada por las siguientes entidades:
Sólo se puede presentar una solicitud de cambio de entidad durante todo este periodo. En la web de la MUGEJU en la que se puede acceder al pdf del Impreso de solicitud de cambio de entidad médica.

Cambio de entidad médica en MUGEJU: Período voluntario 1 a 31 de enero


Fuera de este mes es posible el cambio extraordinario entre entidad médica privada sólo si se está en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 1.4.1.b) del Concierto, así como el paso a la sanidad pública de la Comunidad Autónoma correspondiente en supuestos excepcionales (patologías graves). 

Insistimos al efecto en que los mutualistas que opten por recibir la asistencia médica por entidades médicas privadas deben revisar los cuadros médicos correspondientes a su localidad o zona de salud, para comprobar tanto que las entidades médicas ofrecen los medios a que están obligados por el citado Concierto (si entendieran que los medios ofertados no superan el mínimo a que están obligados deben formular denuncia a la Mugeju, o si quieren darnos traslado a través de nuestro correo ccooenmugeju@gmail.com para que nosotros lo denunciemos) como que los médicos y centros en que habitualmente son atendidos siguen prestando sus servicios a la entidad médica correspondiente, pues puede pasar que haya médicos y centros que dejen de prestar servicio a alguna entidad médica pero sigan con otras.

Nos hacemos eco de la nota informativa del Grupo Hospitalario Quirón de Madrid, que sí que sigue prestando sus servicios al colectivo de Mugeju aunque haya dejado de prestarlo al colectivo de Muface e Isfas.


Estos cuadros médicos pueden variar a lo largo del año, con altas y bajas de médicos y centros médicos. Las entidades médicas privadas, al efecto, sólo están obligadas a tener los medios asistenciales en cada localidad y zona sanitaria que establece el Concierto 2014 , cuya vigencia es para cuatro años.

En el supuesto de que alguna entidad médica deje de tener a lo largo del año los medios asistenciales a que está obligada por el concierto se debe denunciar ante la Mugeju, lo que se puede hacer a través de nuestro correo electrónico para que nosotros lo comuniquemos a la Mugeju. 

En cualquier caso, en caso de baja de médicos o centros médicos recordamos que el Concierto regula en su apartado 3.9. el derecho del mutualista a la continuidad asistencial con el mismo médico o centro médico, derecho a nuestro juicio insuficientemente garantizado pues deja en manos del médico o centro médico correspondiente, que suele darse de baja por problemas de pagos a sus servicios por la entidad médica correspondiente, y no del mutualista, dicha continuidad asistencial.
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