Presupuestos Generales del Estado para 2015: quinta congelación salarial consecutiva


30 de diciembre de 2014


  • Quinta congelación salarial consecutiva, y además el gobierno mantiene un año más los derechos recortados (la devolución del 24,04% de la extra de 2012 es muy insuficiente e indecente, porque el Gobierno tiene la obligación legal reintegrar todo lo que nos robó)

  • CCOO llama de nuevo a la recuperación de todos nuestros derechos
  • Hoy se publica en el BOE la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015

Como CCOO ha venido informando desde que se aprobó en el Senado dicho texto, en la Ley de PGE para 2015 se ha incluido una enmienda en el artículo 21, relativo a la OEP en la Administración de Justicia, que debería permitir, al menos, convocar el 20 % de las vacantes actualmente existentes en nuestra Administración por el turno libre (el propio Ministerio de Justicia cifra en no menos de 9.000 las plazas vacantes, si bien nuestros cálculos las elevan a cerca de 10.000; por eso el Ministerio sigue sin entregarnos la relación vacantes desglosada por cuerpos y comunidades autónomas, porque sus datos son inexactos y lo sabe), más un número importante y similar en el turno de promoción interna

Pero para que eso sea posible (una vez logrado que se aprobara esta enmienda en la LPGE 2015, que establece el mecanismo para que sea autorizada por Hacienda esta convocatoria de plazas), es necesario que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas apruebe un Real Decreto de OEP 2015 que incluya todas esas plazas, desglosadas por ámbitos territoriales y por cuerpos

CCOO viene exigiendo al Ministerio de Justicia que en tres años (2015-2017) se convoquen todas las vacantes en la OEP, y de todos los cuerpos generales y especiales

La convocatoria del 20% de las plazas vacantes en el turno libre (recordemos que la enmienda incluida en la LPGE no lo garantiza completamente, pues habla de que la convocatoria "no podrá superar el 20 % de las vacantes), permitiría además convocar un número significativo, como decimos, en el turno de promoción interna. Finalmente la propia LPGE permite ya de forma expresa ya separar su convocatoria de la del turno libre, incluso aunque no hubiera convocatoria de OPE

Con esta enmienda, finalmente aprobada, se da un primer paso en la línea exigida por CCOO, un primer paso importante pero no suficiente, porque si bien se puede acabar con la práctica inexistencia de OEP de los últimos años en la Administración de Justicia (solo se convocaron en dos ocasiones plazas,  exclusivamente de Secretarios Judiciales y un año un número escaso de Gestión), hay que seguir exigiendo al Ministerio de Justicia y al de Hacienda que lo lleve a la práctica de forma inmediata

Os trasladamos la literalidad de la enmienda finalmente aprobada sobre la OEP 2015 en la Administración de Justicia en la LPGE

"Artículo 21. Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal"

"G) En la Administración de Justicia, atendiendo a las especiales circunstancias que concurren en la situación de cobertura de sus plazas, se computará el número máximo de plazas a autorizar en función del número total de plazas de la plantilla aprobadas dotadas presupuestariamente, y que hayan estado ocupadas por funcionarios interinos durante al menos los tres últimos años, autorizándose Oferta de Empleo Público en aquellos Cuerpos de funcionarios en el que el porcentaje de las plazas con este tipo de ocupación supere el 15% del total y en un número máximo que, acumulado para todos los Cuerpos,no podrá superar el 20 % de las vacantes."


Respecto al resto de las cuestiones muy importantes contenidas en la LPGE 2015, hay que resaltar la nueva congelación salarial que realiza este Gobierno de las retribuciones de las empleadas y empleados públicos, Y es la quinta consecutiva (período 2011-2015), tras el enorme y escandaloso recorte salarial de 2010 del anterior Gobierno y la eliminación de la extra de diciembre de 2012. Como hemos venido afirmando, la pérdida de poder adquisitivo acumulada desde 2010 alcanza ya una cifra superior al 30%. Y esto ni se puede consentir ni hay que mirar hacia otro lado: es preciso recuperar la capacidad de lucha para lograr volver a los niveles salariales anteriores a mayo de 2010 y recuperar todos nuestros derechos

En la disposición adicional décima segunda del texto se incluye la devolución de ese miserable 24,04% de la paga robada en 2012 (cómputo calculado por 44 días de 183), que como CCOO ha denunciado, debe devolverse íntegra de una vez, sin esperar a la sentencia del Tribunal Constitucional.

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