CCOO informa sobre las enmiendas introducidas por los grupos parlamentarios en el Proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal para trasponer las directivas 2010/64/UE y 2012/13/UE


17 de noviembre de 2014




CCOO INFORMA SOBRE LA ENMIENDAS INTRODUCIDAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS EN EL PROYECTO DE LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL PARA TRANSPONER LA DIRECTIVA 2010/64/UE RELATIVA AL DERECHO A LA INTERPETACIÓN Y TRADUCCIÓN EN LOS PROCESOS  PENALES Y DIRECTIVA 2012/13/UE RELATIVA AL DERECHO A LA INFORMACIÓN PROCESOS PENALES

Madrid, 13 de noviembre  de 2014.

Por medio del Boletín  Oficial de la Cortes del Congreso de los Diputados, hemos tenido conocimiento de las distintas enmiendas que los grupos parlamentarios han presentado al Proyecto de Ley Orgánica por el cual se modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal para transponer así la Directiva 2010/64/UE (derecho a interpretación y traducción en procesos penales) y la Directiva 2012/13/EU (derecho de las víctimas a la información en procesos penales).  En CCOO estamos realizando un seguimiento exhaustivo del proceso legislativo de esta transposición por las consecuencias que potencialmente puede tener para los traductores/intérpretes que actualmente son personal laboral de la Administración de Justicia.

Destacamos a continuación las enmiendas relativas a la creación del Registro de Traductores e Intérpretes. Izquierda Unida, el grupo que más enmiendas ha efectuado, ha planteado en la primera enmienda que se redacte así el apartado III de la exposición de motivos: “Los intérpretes o traductores judiciales serán designados de entre aquellos incluidos en el Registro Oficial de Traductores e Intérpretes”. En la enmienda octava proponen “establecer un mecanismo adecuado para la inscripción de los traductores-intérpretes que, como parte de la plantilla de las Administraciones Públicas, intervengan en cualquiera de las diligencias a las que hace referencia esta ley.”
El Gobierno tiene que presentar, en el plazo máximo de un año desde la publicación de esta ley, un Proyecto de Ley de creación de un Registro Oficial de Traductores Intérpretes Judiciales para regular la inscripción en el mismo de todos aquellos profesionales que cuente con la debida habilitación y cualificación con arreglo a lo establecido en artículo 124 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Desde CCOO entendemos que la modificación legislativa propuesta afecta directamente a los traductores/intérpretes de plantilla puesto que tendrán que establecerse mecanismos de incorporación de oficio al registro, diferenciándolos de los profesionales que lo hagan a título personal. Sin embargo, los responsables en el Ministerio del desarrollo normativo de dicho registro han manifestado que a los actuales traductores/intérpretes de plantilla no se les va a exigir estar en dicho registro, algo que parece absolutamente contradictorio con lo que se pretende regular en los nuevos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.  CCOO exigirá estar puntualmente informados de la redacción de este proyecto de ley.

Por otro lado, también plantea el grupo parlamentario de Izquierda Unida en sus enmiendas que “el acceso se hará previa superación de una pruebas diseñadas conforme a criterios objetivos y fiables que garanticen que todos los profesionales reúnan unas competencias mínimas en interpretación y/o traducción jurídica que le permita el correcto desempeño de sus funciones.” Entendemos que los traductores/intérpretes de plantilla cumplen los requisitos necesarios de garantía profesional y cualificación que se recogen tanto en las enmiendas presentadas como a lo largo del nuevo articulado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal propuesto en el Proyecto de Ley. Creemos además que su actual encuadramiento profesional como Técnicos Superiores de Gestión y Servicios Comunes, sin especialidad formal asignada en aplicación del artículo 18 del Convenio, y teniendo las lenguas de trabajo solo como observaciones en las plazas, puede entrar en total contradicción con las condiciones que eventualmente se exijan, bien mediante pruebas o bien reconocimiento de titulaciones, a los traductores/intérpretes que actúen a título privado. En base a esto, volveremos a insistir desde CCOO en elevar a la CIVEA la petición de encuadramiento de los traductores/intérpretes de la Administración de Justicia en el Grupo Profesional 1, algo que consideramos imprescindible para que el personal de plantilla se ajuste totalmente a la nueva legislación. Recientemente, así se lo hemos planteado al nuevo Ministro de Justicia.
Por otra parte desde CCOO ya advertimos que el Proyecto de Ley Orgánica  recoge expresamente “que las medidas incluidas en esta  norma no podrán suponer incremento de dotaciones de personal ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal”. Todos los grupos parlamentarios han propuesto la derogación de esta disposición final por la evidente contradicción que supone con toda la nueva regulación que se pretende aprobar. Recordamos que, por ejemplo, el artículo 123.1 a) del Proyecto de Ley establece que “deberán ser traducidas, en todo caso, las resoluciones que acuerden la prisión del imputado, el escrito de acusación y la sentencia”,  y el artículo 123.4 “La traducción se deberá llevar a cabo en un plazo razonable”; solo en esta materia, el incremento de carga de trabajo puede ser realmente importante, por lo que CCOO solicitará el necesario refuerzo de la plantilla para que se pueda dar cumplimiento a dichos artículos.

CCOO ha podido recabar información desde el Ministerio de Justicia  de la intención es que en dicho registro figuren, no solo personas físicas, sino también por personas jurídicas, cuestión al parecer impuesta por el Ministerio de Hacienda, lo cual nos parece inadmisible ya que las habilitaciones para el ejercicio de una profesión se conceden a personas individuales, no a empresas privadas. Además, la experiencia pone de manifiesto la explotación que dichas empresas realizan sobre los trabajadores, lo que ha supuesto una precarización constante de las condiciones laborales de estos profesionales en el ámbito externo.

Desde CCOO exigiremos que el Ministerio de instrucciones a los juzgados para que se acuda siempre en primer lugar a los traductores/intérpretes que actualmente forman la plantilla de personal laboral para la prestación del servicio. Además se deben  cubrir  todas las plazas vacantes y que salgan plazas a ofertas de empleo público para cubrir las necesidades que tienen  fundamentalmente la Administración de Justicia y el Ministerio de Interior.

CCOO SE REÚNE CON LOS PORTAVOCES DE JUSTICIA EN EL CONGRESO DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA Y SOLICITA SU APOYO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

En la reunión con la portavoz socialista de la comisión de Justicia en el Congreso (Rosa Aguilar), nos ha manifestado que la transposición de la directiva europea se va a aprobar antes de final de año en el Congreso y Senado.

Respecto al contenido, el grupo socialista es favorable a que se realice un examen solo para los que no están trabajando actualmente como traductores, o son externos, ya que el personal de plantilla ha superado un riguroso proceso selectivo.

Por tanto, en sus enmiendas plantean esta modificación.


Además, la portavoz socialista ha aceptado apoyar nuestra reclamación de la reclasificación al grupo 1 de los traductores del Convenio Único de personal laboral, pues de la trasposición se deduce claramente que si deben tener la máxima cualificación profesional para poder ejercer legalmente de traductores e intérpretes ante los Juzgados y Tribunales, es evidente que nuestros traductores tienen que reclasificarse en el nivel 1.
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