Que no te cuenten cuentos!


1 de septiembre de 2014






Que no te cuenten cuentos…, pues, si se aprueba este texto de reforma de la LOPJ, retrocederemos a los tiempos en los que las condiciones de trabajo dependían de la voluntad del jefe o responsable de turno.

LO QUE NO ESTÁ EN LA LEY…ES PORQUE NO EXISTE” (fin de la cita de Mariano Rajoy) O LO QUE ES LO MISMO ¿POR QUÉ ALGUNOS SE CREEN A PIE JUNTILLAS LO QUE DICE EL MINISTRO GALLARDÓN SI NO ESTÁ ESCRITO EN NINGÚN SITIO?
CCOO EXIGE A GALLARDÓN QUE EL PROYECTO DE REFORMA DE LA LOPJ INCLUYA EL MANTENIMIENTO DE TODOS LOS PARTIDOS JUDICIALES, LA GARANTÍA DE QUE NO HABRÁ MOVILIDAD FORZOSA FUERA DEL MUNICIPIO Y QUE LAS OFICINAS JUDICIALES DE PAZ,  QUE DEBERÁN CREARSE DONDE EXISTA UN JUZGADO O UNA AGRUPACIÓN DE JUZGADOS DE PAZ, SE INCLUIRÁN EN LA LOPJ COMO  CENTRO DE DESTINO.


Hay preacuerdos y preacuerdos… y desde luego el preacuerdo firmado entre el Ministerio de Justicia de Gallardón y tres sindicatos el pasado 10 de julio –comprometiéndose a ello incluso sin ver siquiera el texto, o al menos sin verlo en la mesa de negociación- dice mucho de quién lo firma pero poco de qué es lo que se firma.

Porque si hacemos caso a la reciente cita de Mariano Rajoy “lo que no está en la ley es que no existe”, a continuación deberíamos preguntarnos,…si no está escrito en la ley (en este caso en el texto de la reforma de la LOPJ, ya sea Anteproyecto de ley o ya sea Preacuerdo firmado), ¿porqué algunas organizaciones sindicales se creen a pie juntillas lo que DICE Gallardón?

Porque tanto de la lectura del citado preacuerdo como de la propia nota de prensa del flamante ministro del día 31 de julio –que por cierto, omite cualquier referencia al preacuerdo como detonante de su cambio de posición– nada refleja que se mantendrán todos y cada uno de los partidos judiciales, o que las Oficinas Judiciales de Paz se crearán en cada localidad dónde exista un Juzgado de Paz o una Agrupación de Juzgados de Paz  ni que éstas  serán centros de destino como lo son en la actualidad los Juzgados de Paz.

CCOO sabe muy bien, y el resto de organizaciones sindicales debieran recordarlo, no solo lo difícil que es que el ministerio acepte en un preacuerdo los puntos de una plataforma reivindicativa, sino también la dificultad que entraña que se recoja expresa y concretamente los términos de los mismos para que luego no haya dudas ni falsas interpretaciones.

Porque para CCOO no es lo mismo que el preacuerdo recoja expresamente, “El Ministerio de Justicia se compromete a seguir negociando en mesa sectorial el resto de cuestiones planteadas por las organizaciones sindicales en sus enmiendas a la reforma de la LOPJ durante el trámite parlamentario de enmiendas al proyecto de LOPJ …” que no recogerlo. O que “Así mismo, el ministerio y las organizaciones sindicales firmantes de este preacuerdo negociarán la redacción concreta del articulado y disposiciones referidos a estos puntos en el texto de la LOPJ que no recogerlo.

Y ambas redacciones sí quedaron perfectamente reflejadas, tras el preacuerdo de noviembre de 2002 firmado por CCOO y también por CSIF Y UGT –STAJ no formaba parte en ese momento de la mesa sectorial de Justicia pero se opuso rotundamente al mismo–. Pero, además, el preacuerdo fue ratificado ampliamente por los trabajadores en referéndum en diciembre de ese año  (recordemos que fue convocado solo por CCOO y UGT y el resultado tuvo carácter vinculante), y, posteriormente,  firmado como acuerdo nuevamente por CCOO, CSIF Y UGT y el gobierno del PP.

Para CCOO tampoco es lo mismo que el preacuerdo firmado diga literalmente que “El Anteproyecto reconocerá expresamente la existencia de partidos judiciales” que recoja sin ningún género de dudas,  como exige CCOO que El Anteproyecto recogerá expresamente el mantenimiento de todos y cada uno de los partidos judiciales que existen en la actualidad.”

Y no es lo mismo, porque ni tan siquiera lo dice así Gallardón en su nota de prensa del pasado  31 de julio, en la cual explica que la nueva reorganización en Tribunales de instancia y reparto provincial de asuntos “rompe con la noción tradicional de partido judicial, que a partir de ahora se reserva para identificar las sedes de los órganos judiciales del Tribunal de Instanciay que la posibilidad de crear más de un Tribunal de Instancia en cada provincia será excepcional y siempre y cuando se cumplan los criterios territoriales, demográficos y sociales….en localidades con una importancia judicial igual o superior a la capital….exigiendo expresamente “…para que sea posible la creación excepcional de más de un Tribunal de Instancia por provincia que en cada localidad exista un mínimo de unidades judiciales: una en el orden contencioso-administrativo, social y civil y al menos cinco en el orden penal…

Por lo tanto, el pomposo anuncio de Gallardón solo afectaría en todo el Estado a las localidades de Ferrol, Santiago, Vigo, Gijón, Elche, Algeciras, Jerez, Ceuta, Melilla y Cartagena, únicas poblaciones que en la actualidad tienen, al menos, un Juzgado Contencioso-Administrativo, de lo Social y Civil y 5 juzgados de orden Penal. O sea, si bien hay un mínimo avance, NO EXISTE GARANTÍA DE QUE SE MANTENGAN TODOS LOS PARTIDOS JUDICIALES, tal y como viene denunciando CCOO, multitud de organizaciones sociales y ciudadanas y decenas de ayuntamientos (también muchos con mayoría del PP), ni que se cree más de un Tribunal de Instancia pues las condiciones que se deben cumplir para que esto último sea posible,  tan solo las reúnen 6 provincias (Coruña, Pontevedra, Asturias, Alicante, Cádiz y Murcia) más Ceuta y Melilla. Las 44 provincias restantes tendrán un solo tribunal de instancia, en la capital de provincia, y ese “municipio” será el centro de destino de todos los trabajadores que presten servicio en ese Tribunal, a donde previamente los habrán reordenado al desaparecer el partido judicial original, sin respetar su municipio de origen, puesto que el preacuerdo tampoco recoge expresamente, como exigió CCOOque  se vuelva  a incluir expresamente en el art. 624 de la LOPJ que  la redistribución  y reordenación de efectivos “en ningún caso supondrá cambio de municipio para el personal”

Menciona también Gallardón en su nota de prensa que  “las Oficinas Judiciales de Paz…mantendrán la cercanía de los servicios no jurisdiccionales al ciudadano” expresión ambigua dónde las haya de la que, precisamente, no se deduce ni que estas oficinas serán un centro de destino, ni que se crearán en todas las localidades en dónde exista un Juzgado de Paz o Agrupación de Juzgado de Paz ni, por asomo, que en las mismas estarán destinados todas y todos los trabajadores que actualmente prestan servicios  en éstos últimos.

Y por eso CCOO exigió que  el texto del preacuerdo debía mencionar expresamente, “EI texto recogerá la existencia de oficinas judiciales de paz reconociéndolas expresamente como centro de destino propio en el art. 622 de la LOPJ, donde estarán destinados todos los funcionarios que actualmente prestan sus funciones en las agrupaciones o en juzgados de paz de más de 7.000 habitantes creándose tantas Oficinas Judiciales de Paz como Juzgados o Agrupaciones de Paz existen en la actualidad; estas oficinas tendrán como principal objetivo reforzar la presencia de la Administración de Justicia como servicio público próximo a los ciudadanos, prestando funciones de apoyo a las oficinas judiciales y unidades administrativas del partido judicial, así como de información a la ciudadanía, modificándose por tanto también la Disposición Transitoria 12ª del Anteproyecto”

La conclusión para CCOO es clara: hay que seguir presionando con todas las medidas a nuestro alcance para lograr como mínimo que el proyecto de reforma de la LOPJ, que apruebe el Gobierno (probablemente en septiembre), contenga:

1.- El reconocimiento expreso en el texto legal de que se mantendrán todos y cada uno de los partidos judiciales actualmente existentes

2.- Que no podrán realizarse movilidades forzosas fuera del municipio (tal y como consta en la actual LOPJ 19/2003 en su artículo 523)

3.- Que se mantendrán como centro de destino los actuales Juzgados y Agrupaciones de Juzgados de Paz o, en su defecto, serán centro de destino las Oficinas Judiciales de Paz, recogiéndolo de manera expresa en el artículo 622 de la LOPJ. Además estas oficinas se crearán allí donde exista actualmente un Juzgado de Paz o una Agrupación de Juzgado de Paz, integrándose en aquellas, y en la misma localidad, todo el personal que actualmente presta sus servicios en los Juzgados o Agrupaciones de Juzgados de Paz.

4.- Que se reconocerá que los actos de comunicación y ejecución están reservados al personal de la Administración de Justicia y solo podrán ser encomendados a éstos.

5.- La garantía de que no desaparecerá ni un solo puesto de trabajo y por tanto se mantendrá la plantilla actualmente existente.

Mientras no se reconozcan estos derechos básicos, CCOO se opondrá frontalmente a este proyecto de reforma de la LOPJ y, en coherencia con lo anterior, mantendrá la convocatoria de las movilizaciones contra la reforma de la LOPJ.

¡¡DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS!!
¡¡DEFENDAMOS EL SERVICIO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA!!
10 DE SEPTIEMBRE,  DÍA DE LA APERTURA DEL AÑO JUDICIAL,
CONCENTRACIÓN ANTE EN EL TRIBUNAL SUPREMO
¡¡ACUDE!!

¡¡8 DE OCTUBRE, HUELGA EN TODA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN TODA ESPAÑA, CONTRA LA REFORMA DE LA LOPJ Y CONTRA LA PRIVATIZACIÓN DE LOS REGISTROS CIVILES¡¡

LUCHEMOS PARA DARLE LA VUELTA
EMPLEA TU FUERZA,

NO LO DUDES, MOVILÍZATE Y LUCHA!!
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