Gallardón modifica la orden de delegación de competencias para eludir las normas sobre adjudicación de contratos públicos


6 de agosto de 2014



CCOO DENUNCIA QUE EL MINISTRO GALLARDÓN MODIFICA LA ORDEN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS PARA ELUDIR LAS NORMAS SOBRE ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS PÚBLICOS

ASÍ EL DIRECTOR GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO –A LA SAZÓN REGISTRADOR MERCANTIL- PODRÁ ELEGIR LA EMPRESA A LA QUE SE ADJUDICARÁ EL CONTRATO PARA CREAR EL SISTEMA INFORMÁTICO NECESARIO PARA LA GESTIÓN INTEGRADA Y COMPLETA DEL REGISTRO CIVIL

CCOO ya denunció la desfachatez del Sr. Gallardón, ministro de (in)justicia,  y el Gobierno al que pertenece que, en una alarde de desprecio al Parlamento y al debate parlamentario,  aprobó el Real Decreto Ley 8/2014 mediante el cual se avanza,  entre otras escandalosas medidas, en la privatización de los servicios públicos, entre ellos el Registro Civil cuya llevanza se encomienda a los registradores mercantiles.

El citado Real Decreto, en las distintas disposiciones adicionales referidas a la privatización del Registro Civil,  establece las normas para la efectividad de esta privatización decretando que todas las Oficinas del Registro Civil, incluidas las Consulares, utilizarán un único sistema informático y una misma aplicación.

Así en la Disposición Adicional vigesimotercera se establece que (...)2. La contratación que tenga por objeto la creación, mantenimiento, posterior gestión y seguridad del sistema informático único y de la aplicación de llevanza en formato electrónico del Registro Civil y su red de comunicaciones se realizará por la Corporación de Derecho Público que se crea por esta disposición (…).No obstante, la Dirección General de los Registros y del Notariado encomendará a la empresa pública Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A.» u otro medio propio o unidad administrativa que determine el Ministerio de Justicia:

a)El inicio del expediente y la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que hayan de regir los referidos contratos.

b) Seleccionar los contratistas y adjudicar los contratos


Pero la Orden JUS/2225/2012, de 5 de octubre, sobre delegación de competencias no preveía esta posibilidad,  y es aquí dónde entre en juego el descaro del ministro, pues el Sr. Gallardón, sin ningún ni pudor, firma una reforma de esta Orden el 31 de julio que se publica en el BOE el día 2 de agosto (Orden JUS/1449/2014, de 31 de julio), de tal manera que el Director General de los Registros y del Notariado, registrador mercantil en Zaragoza, es ahora competente –por delegación– para adjudicar o decidir a quién adjudica cualquier contrato de asistencia técnica en la ejecución de cualquier aspecto de la modernización tecnológica del Registro Civil y de los demás registros (Mercantil y de la Propiedad).

¡¡Que necesidad hay de pasar por en el engorro de someterse a las normas sobre contratos del Estado publicando un concurso público si entre ellos pueden apañarlo!!

Para CCOO esto es claramente un trato de favor hacia alguien que además tiene intereses corporativos en dicha contratación.
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