Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790) (ejemplar autocopiativo en cuya parte superior figura «Ministerio de Justicia, solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen»), que se facilitará en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este modelo será facilitado gratuitamente en el Ministerio de Justicia, los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales, Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, Órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de la Presidencia, y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. El modelo de instancia también podrá descargarse desde la página web (www.mjusticia.es).
5.2 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales, entre el día 6 y el 25 de septiembre de 2011, ambos inclusive, y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3 La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará alternativamente por cualquiera de los medios siguientes:
a) En el Registro General del Ministerio de Justicia, plaza Jacinto Benavente, n.º 3, 28071 Madrid.
b) En los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
c) A través del Registro Telemático en la Dirección de Internet www.mjusticia.es y de acuerdo con las instrucciones que en ella se indican.
La presentación de instancias por este último sistema conlleva necesariamente el pago telemático de la Tasa de examen.
Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/1294/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo), de Bases Comunes, estén exentos de este pago o tengan derecho a la reducción de tasas no podrán hacer uso de este sistema y deberán necesariamente presentar la instancia-papel, acompañando la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción en alguno de los registros indicados en los apartados a) o b) de esta misma base.
5.4 Tasa de derechos de examen.
El importe de la tasa será por derechos de examen será de 10,78 euros y se abonará según se indica en la base novena de las bases comunes.
Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que reúnan los requisitos que se detallan en la base novena, punto 6, de las bases comunes que deberán acreditar su derecho a esta exención aportando la documentación que se indica en el punto 4 de dicha base.
5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran al dorso de la misma y que se reproducen en el anexo III y además, con las instrucciones particulares siguientes:
5.5.1 En el recuadro relativo a «Provincia de examen», los aspirantes, harán constar la ciudad, en la que desean realizar los ejercicios de la fase de oposición de entre las siguientes, conforme al ámbito territorial por el que se presentan:
Ámbito territorial
Localidad de examen
Andalucía.
Sevilla (41).
Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria (35).
Santa Cruz de Tenerife (38).
Cantabria.
Santander (39).
Madrid.
Madrid (28).
Navarra.
Pamplona (31).
País Vasco.
Vitoria (01).
Comunidad Valenciana.
Valencia (46).
Resto de Península y Baleares.
A Coruña (15).
Albacete (02).
Burgos (09).
Cáceres (10).
Ceuta (51).
Logroño (26).
R.P. Y B. – Madrid (28).
Melilla (52).
Murcia (30).
Oviedo (33).
Palma de Mallorca (07).
Valladolid (47).
Zaragoza (50).
En cualquier caso, de no especificar en la solicitud el dato del lugar de examen por el que opta, será incluida de oficio en las listas definitivas en la sede correspondiente al Tribunal Superior de Justicia de su domicilio, quedando, por tanto, afectada al ámbito territorial del mismo según la base 1.3 de la presente convocatoria.
5.5.2 Para el caso de aspirantes con discapacidad.
a) Los aspirantes discapacitados referidos en la base 1.2 de esta convocatoria, que opten por el cupo de reserva de discapacitados deberán indicarlo así en el respectivo recuadro de la solicitud y dentro del epígrafe «datos a consignar según las bases de la convocatoria» en el recuadro A), deberán expresar las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, que puedan, en su caso, requerir con el fin de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios.
b) Los aspirantes con discapacidad que no opten por el cupo de reserva de discapacitados, pero que también precisen adaptación de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, deberán indicarlo así, marcando con una X en el recuadro «solicita adaptación» y dentro del epígrafe «datos a consignar según las bases de la convocatoria» en el recuadro B) expresarán las adaptaciones necesarias de tiempo y medios que puedan en su caso requerir para la realización de los ejercicios.
5.5.3 Los aspirantes que concurran por el ámbito territorial correspondiente a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia, podrán acreditar su conocimiento de ésta por medio de dos sistemas:
a) La realización de una prueba optativa, en cuyo caso deberán marcar una «X» en el recuadro «Realiza» del epígrafe «Prueba optativa de lengua».
b) La acreditación documental de dicho conocimiento, para lo cual deberán marcar una «X» en el recuadro «Documenta», y remitir en el momento oportuno las certificaciones acreditativas del conocimiento de dicho idioma en los términos previstos en esta Orden.
Para aquellos opositores que no tengan acreditada la puntuación máxima a otorgar por este concepto cabe la posibilidad de acogerse a ambos sistemas, aportando la certificación correspondiente al nivel que tengan acreditado y presentándose al examen optativo del nivel inmediatamente superior. En este caso deberán marcar con una X ambos recuadros; «Documenta» y «Realiza».
Del mismo modo se procederá en su caso, respecto del conocimiento del derecho civil foral del País Vasco, marcando las respectivas casillas.