Caso Gürtel


24 de marzo de 2010




Cuatro claves sobre la anulación de las escuchas del 'caso Gürtel'


Publicado en www.elpais.com

Francisco Vieira, presidente del TSJ de Madrid, en un acto del Tribunal Supremo


El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón verá cómo parte del caso Gürtel quedará invalidado por la anulación de las escuchas que él ordenó en la cárcel a implicados en la trama corrupta que afecta al PP. Éstas son algunas de las claves de la decisión del Tribunal Superior de Madrid de anular esas grabaciones:

¿Tiene total libertad un juez para ordenar escuchas?¿En qué situaciones?

Depende de con qué objeto. Si se trata de conocer las comunicaciones del preso desde la cárcel, la ley penitenciaria lo permite al juez en casos de terrorismo. Si las escuchas tienen como objeto investigar un delito, las posibilidades legales son mayores, especialmente si la comunicación del preso es con otro imputado, incluso cuando éste sea abogado.

En todo caso, el derecho fundamental a la defensa letrada y a la confidencialidad de la comunicación del abogado con su cliente está legalmente preservado, salvo que la estrategia de defensa se confunda con la perpetración de delitos, en cuyo caso el juez podrá permitir las escuchas, pero razonando muy detalladamente el motivo de esas escuchas. Yo espero que el magistrado instructor de esta causa, Alberto Jorge Barreiros, realice una instrucción que no se parezca nada -porque sea correcta- a la del magistrado Varela, en el caso del franquismo.

¿La anulación de las escuchas puede dar al traste con el caso Gürtel?

No necesariamente, porque entre la ingente información obtenida sobre este caso de corrupción en las proximidades del PP, hay datos que nada tienen que ver con las escuchas, aunque los abogados de los imputados tratarán de relacionarlas, mediante el criterio del "árbol envenenado", que contamina todo lo que se encuentre próximo a lo anulado, incluso, esperemos que no, el codiciado pen drive.

Y en cuanto a la causa abierta contra Garzón por las escuchas, al margen de lo que los abogados intenten, creo que el instructor Alberto Jorge Barreiros sabrá distinguir el grano de la paja y, por un lado, no incriminará lo que es una correcta investigación penal y, en todo caso, tratará de deslindar las posibles responsabilidades de la instrucción de Garzón -por otro lado avalada por Antonio Pedreira, el juez instructor del caso Gürtel en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid- de la eficacia incriminadora que figura en el amplísimo sumario del caso Gürtel.

¿Cómo puede explicársele a los ciudadanos que un personaje como Correa pueda llevar al banquillo al juez que le investigó?

Muy difícilmente, porque está claro que Francisco Correa está legitimado para intentar todas las acciones jurídicas que considere pertinentes, pero son los jueces los que tienen que actuar con sensatez. A ninguno de los magistrados que han admitido a trámite querellas contra Garzón se le ocurriría aceptar una acusación de prevaricación proveniente de acusados de pertenecer a ETA, quienes también están legitimados para plantear acciones jurídicas. Pero en el Supremo tienen muy claro quienes pueden querellarse y quienes no, aunque todos sean ciudadanos.

En el anterior caso más llamativo sobre corrupción en el PP, el llamado caso Naseiro, también costaba explicar a la ciudadanía que el asunto terminara archivado, por una cuestión de garantías procesales, después de haber escuchado cómo un importante dirigente del PP, Eduardo Zaplana, decía con su voz "estoy en la política para forrarme". Pero es cierto que, en aquel caso lo más que se atrevieron a hacer los sospechosos de delinquir fue llamar al "caso Naseiro", caso Manglano, por el juez de Valencia que lo instruyó, Luis Manglano, pero contra el que nadie se atrevió a presentar una querella. Con Garzón, en cambio, se ha abierto la veda.

¿Cómo se ha llegado a la situación?

Garzón tiene tres causas penales abiertas contra él, alguna de esas causas agrupa varias querellas, como la que le acusa por prevaricación por pretender investigar los crímenes del franquismo, desde varios frentes, entre ellos el pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias y Falange de las JONS. La admisión a trámite de esas primeras querellas ha abierto la espita y a un juez contra el que se habían presentado más de 40 sin éxito, ahora le llueven las querellas, porque en el Supremo ya son receptivos a sentarle en el banquillo.

Abierta la veda, ya vale todo, incluso asuntos archivados, como el del Banco Santander, que se resucitan, ahora ya con éxito. La clave está en la investigación de los crímenes del franquismo, audacia judicial fundamentada en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como la persecución penal contra Pinochet y tantas otras. El magistrado del Supremo Adolfo Prego se permitió admitir lo que él mismo reconoció que era una mera "hipótesis" y su colega Luciano Varela, instructor de la causa, hizo un ejercicio de prestidigitación para tratar de avalar que pretender aplicar progresivamente el derecho era una actuación injusta por parte de Garzón.


La investigación judicial de la trama corrupta

El Tribunal de Madrid anula el grueso de las escuchas en la cárcel del 'caso Gürtel'

La Sala de lo Penal acuerda invalidar todas las conversaciones grabadas salvo las de un abogado, imputado, donde se trata de la financiación ilegal del PP 




La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid tomó ayer la decisión de anular del sumario del caso Gürtel, la trama de corrupción masiva vinculada al PP, el grueso de las conversaciones grabadas en la cárcel entre los dos cabecillas de la red y sus abogados. El acuerdo, que será trasladado a un auto judicial en los próximos días, fue adoptado ayer tras cuatro sesiones de deliberaciones en las que dos magistrados (el presidente del Tribunal, Francisco José Vieira, y Emilio Fernández Castro) impusieron sus dos votos a favor de anular las escuchas frente al criterio del tercer miembro de la sala, José Manuel Suárez Robledano, quien era partidario de validar todas las grabaciones, según fuentes consultadas por este periódico que han sido informadas del desarrollo de las deliberaciones y que aseguran que la decisión es inamovible porque fue votada formalmente.

El magistrado Suárez Robledano emitirá previsiblemente un voto particular contrario a la decisión de la Sala de anular totalmente las otras grabaciones, lo que supone un fuerte revés para la investigación del caso Gürtel.

El acuerdo (dos votos contra uno) supone que quedan anuladas todas las conversaciones grabadas en la cárcel, salvo una, a los tres principales cabecillas de la trama corrupta (Francisco Correa, su primo Antoine Sánchez y el ex secretario de Organización del PP de Galicia Pablo Crespo, que ejercía de número dos de la trama) con sus respectivos letrados.

Antes de la votación final, la sala había llegado a un callejón sin salida porque había tres posturas diferentes: Vieira, a favor de anular todas las conversaciones salvo las mantenidas por el abogado José Antonio López Rubal, imputado en la causa; Fernández de Castro, defensor de la anulación total; y Suárez Robledano, que quería validar todas las escuchas. Al final, para evitar la formación de una Sala de la Discordia para dirimir los desacuerdos, con otros dos magistrados, los tres jueces optaron por votar conversación a conversación, de manera que se anularon todas, salvo las de López Rubal con sus clientes.

En esas conversaciones se escucha a Crespo negociar con su abogado la fórmula para proteger el dinero que tienen en paraísos fiscales. Con posterioridad a esta conversación, Suiza ha informado al Tribunal Superior de que Correa y Crespo disponen de 21 millones de euros en cuentas en ese país. En la conversación validada, Crespo también habla con López Rubal de financiación ilegal del PP de Galicia cuando él era secretario de organización del partido en esa región.

Esta grabación la considera legal el tribunal porque Garzón, antes de que la policía interceptase estas conversaciones, dictó un auto en el que cita expresamente a López Rubal como presunto cómplice de la trama.

Hasta llegar a la decisión de anular el grueso de las conversaciones, lo que supone un duro revés a la instrucción cuyas consecuencias nadie acierta a precisar a estas alturas, el tribunal ha mantenido cuatro deliberaciones muy tensas.

Fernández Castro, anexionado a esta Sala por el anterior Consejo del Poder Judicial pero sin plaza de titular, ha sido, de los tres, el más beligerante a favor de anular las escuchas. Las citadas fuentes no descartan que Fernández Castro incluso pueda formular otro voto discrepante respecto a la validación por parte de sus dos colegas de este punto. Para él, todas las escuchas eran ilegales y quebrantan el derecho constitucional de defensa, siempre según los citados medios.

La postura de Suárez Robledano, que hará un voto particular a favor de la legalidad de las escuchas, coincide con la del juez instructor del caso Gürtel en Madrid, Antonio Pedreira, que también es magistrado titular de esta sala pero que, al ser el instructor, no interviene en las deliberaciones. A petición de la Fiscalía Anticorrupción, Pedreira ya expuso en un auto que las grabaciones decretadas por Garzón eran válidas formal y jurídicamente porque algunos de los letrados actuaron como cómplices de sus clientes en determinados actos delictivos que permitieron ayudar a ocultar y, en algún caso, evitar que la justicia española recuperase los millones de euros que la red Gürtel tiene en paraísos fiscales. Un dinero que salió de pagos de comisiones y sobornos procedentes de contratas y adjudicaciones hechas por organismos públicos gobernados por el PP.

Entre las conversaciones grabadas por orden de Garzón que el Tribunal de Madrid ha decidido anular figura una de Correa con su abogado en la que se lamenta de que la policía hubiese decomisado al contable de su trama, José Luis Izquierdo, un pen drive con anotaciones de sobornos a dirigentes del PP. No obstante, fuentes de la investigación señalan que hay muchas pruebas, entre ellas el pen drive decomisado antes de las escuchas en la cárcel, que aportan indicios sólidos de corrupción y que serían perfectamente válidas para establecer condenas.

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